No basta con dejarla abandonada, sin hacerla caso. No caduca, así sin más, si dejamos de utilizarla. Cuando ya no deseemos utilizar una cuenta bancaria, es necesario cancelarla formalmente. Dejarla a cero no significa lo mismo, no se cancela automáticamente por no tener saldo. La cancelación es un acto formal, tanto si se deriva de una decisión del cliente o de la entidad. De lo contrario, la cuenta seguirá abierta y continuará generando las comisiones y obligaciones previstas en el contrato.
Una cuenta se considera legalmente inactiva cuando no ha registrado movimientos (es decir, transferencias, ingresos, pagos o cualquier operación bancaria) durante 20 años consecutivos.En ese caso, con tres meses de antelación a ese plazo el banco debe comprobar, con la información de la que dispone, si hay titulares, vivos o herederos, a los que debe notificar el vencimiento del plazo de la cuenta sin movimientos. Si no hay respuesta o reclamación, los fondos se transfieren al Tesoro Público. Esto se hace para prevenir el blanqueo de capitales y el fraude fiscal y evitar que los fondos se pierdan.
Como clientes bancarios, lo recomendable es seguir unas mínimas reglas de prudencia, como mantener los datos actualizados en el banco (dirección, teléfono, email) y tener documentada la existencia de las cuentas, especialmente si son de ahorro a largo plazo.
Fuente: Banco de España
No hay comentarios:
Publicar un comentario