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viernes, 20 de diciembre de 2024

NOVEDADES FISCALES SOBRE EL ALQUILER DE VIVIENDAS QUE ENTRARÁN EN VIGOR CON LA LLEGADA EL AÑO 2025

Fuente: https://www.lamoncloa.gob.es/
La nueva ley de vivienda tiene implicaciones fiscales. Hay cambios a partir de 2024 con variaciones en la fiscalidad. El tema fiscal siempre tiene puntos controvertidos y polémicos.
Entró en vigor el 26 de mayo de 2023. Desde su implementación, ha introducido cambios significativos en el panorama inmobiliario español, afectando tanto a propietarios como a inquilinos, que intenta la protección de los arrendatarios, la regulación de los precios de la vivienda y el fomento de la oferta de viviendas en alquiler, 
Esta ley tiene el objetivo de conseguir un impacto duradero en el sector de la vivienda en España. Es el principal problema en España.
Hay importantes modificaciones que afectan directamente a los propietarios de viviendas alquiladas, en particular en lo que tiene que ver con las reducciones fiscales sobre los rendimientos netos obtenidos por el alquiler. 
Los efectos fiscales serán efectivos el día 01 de enero de 2024. Significa que en la próxima declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física (IRPF) que se presentará entre el mes de abril y junio de 2025, veremos los cambios. Con la presentación se materializaará la nueva realidad fiscal.
Antes del cambio de la norma, los propietarios de viviendas alquiladas que las cedían como vivienda habitual a sus arrendatarios (inquilinos), se aplicaban una reducción del 60% sobre los rendimientos netos del alquiler. Con la nueva ley, esta reducción pasará a ser del 50% en la mayoría de los casos (será la más general o estándar). Los propietarios tributarán por el 50% de los rendimientos netos obtenidos.
Hay algunos casos que se pueden aplicar porcentajes de reducción superiores y lo podrán aplicar aquellos propietarios que cumplan con ciertos requisitos establecidos en la nueva normativa:
  • La Ley de Vivienda de 2023 introduce nuevos incentivos fiscales para los propietarios. Estos incentivos están diseñados para incentivar la oferta de viviendas en alquiler y ayudar a reducir los precios del alquiler en las zonas tensionadas.
  • Estos incentivos fiscales pueden ser especialmente atractivos para los propietarios que están considerando poner sus propiedades en el mercado de alquiler.
  • Los pequeños propietarios que tengan una vivienda en una zona declarada tensionada se les aplicarán incentivos fiscales en el IRPF para poner su vivienda en alquiler en zonas declaradas tensionadas de la siguiente manera:
    • Bonificación 50% a todos aquellos propietarios que alquilen su vivienda.
    • Bonificación 60% cuando la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación.
    • Bonificación 70% Si se alquila por primera vez a jóvenes de entre 18 y 35 años.
    • Si se destina la vivienda al alquiler social con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas al alquiler del plan estatal de vivienda, o al alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad económica.
    • Bonificación 90% si en el que la renta inicial se hubiera rebajado en más de un 5% en relación con la última renta del anterior contrato de arrendamiento de la misma vivienda, una vez aplicada, en su caso, la cláusula de actualización anual del contrato anterior.
Para combatir el problema de las viviendas vacías, la nueva Ley de Vivienda de 2023 establece un incremento en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para aquellas propiedades que permanezcan vacías durante al menos dos años sin una justificación válida.
Este incremento se aplica a los propietarios que poseen cuatro o más inmuebles de uso residencial. Esta medida tiene como objetivo incentivar a los propietarios a poner sus propiedades en el mercado de alquiler, en lugar de dejarlas vacías.
Fechas en que se firmaron los contratos
A partir del primero de enero de 2024, las modificaciones fiscales según la nueva norma, afectan de forma diferente, dependiendo de la fecha de la firma de los contratos.¡:
  • Contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023: Los propietarios de estos contratos no se verán afectados por los cambios de la Ley de Vivienda. Seguirán en un régimen transitorio, por lo que seguirán aplicando la reducción del 60% de los rendimientos netos.
  • Contratos firmados después del 26 de mayo de 2023: A partir de esta fecha, se aplicarán las nuevas reducciones fiscales. La reducción del 50%, salvo que se cumplan con alguno de los requisitos referenciados anteriormente.
Ver enlace al Boletín Oficial del Estado (BOE)

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