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miércoles, 27 de marzo de 2024

OBLIGADOS A DECLARAR POR IRPF EN ESPAÑA - RENTA 2023 (CAMPAÑA 2024)

Rendimientos íntegros del trabajo
La norma general del IRPF dice que no tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 22.000 euros anuales, salvo que procedan de más de un pagador, en cuyo caso el límite anterior baja a los 15.000 euros.
No obstante, si se tiene más de un pagador, y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supera en su conjunto los 1.500 euros anuales, el límite para estar obligado a presentar la Renta vuelve a ser de 22.000 euros.
También se volverá al límite de los 22.000 euros en estos casos:
  1. Cuando se trate de pensionistas con varias pensiones cuyas retenciones no se hayan practicado de acuerdo con las determinadas por la Agencia Tributaria, previa solicitud del contribuyente al efecto, por medio del modelo 146.
  2. Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  3. Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  4. Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
Bienes inmuebles de uso propio distinto de la vivienda habitual
Los contribuyentes que hayan sido titulares de bienes inmuebles de uso propio distinto de la vivienda habitual, cuyas rentas imputadas (junto con los rendimientos derivados de Letras del Tesoro y el importe de las subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas) sea superior a 1.000 euros anuales.
Pérdidas patrimoniales
Los contribuyentes que hayan obtenido pérdidas patrimoniales en cuantía igual o superior a 500 euros anuales.
Inmuebles arrendados
Los contribuyentes titulares de inmuebles arrendados (pisos, locales, plazas de garaje), cuyos rendimientos totales (con o sin rendimientos del trabajo), del capital mobiliario, de actividades económicas y ganancias patrimoniales excedan de 1.000 euros anuales.
Otra casuística
  1. Están obligados a declarar aquellos contribuyentes que, con independencia de la cuantía y naturaleza o fuente de las rentas obtenidas, tuvieran derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por doble imposición internacional, o bien hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia o mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible.
  2. También están obligados a declarar los contribuyentes que, no estando obligados a declarar por razón de la cuantía y naturaleza o fuente de la renta obtenida en el ejercicio, soliciten la devolución derivada de la normativa del IRPF que, en su caso, les corresponda (entre otros casos por razón de las retenciones e ingresos a cuenta soportados o por razón de las deducciones por maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a cargo).
Importante
  1. Las personas titulares del ingreso mínimo vital, regulado en Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligados a presentar anualmente declaración correspondiente al IRPF con independencia de que cumplan o no los requisitos establecidos para la obligación de declarar.
  2. A partir de 1 de enero de 2023, estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

domingo, 24 de marzo de 2024

MONTE CASTELO - BURATO DOS MOUROS - VÉRTICE GEODÉSICO CASTELO (VILAR DE BARRIO, OURENSE)

Estamos en Vilar de Gomareite perteneciente al concello de Vilar de Barrio. Vamos a disfrutar de una pequeña ruta de senderismo recientemente puesta en valor y muy bien señalizada. A día de hoy, estaba limpia y bien señalizada.
Una ruta que discurre por el monte Castelo, el parecer, cargado de historia y también de leyendas, muchas de ellas, referidas a los guerreros castreños, a los moros que habitaron O Burato dos Mouros.
Iniciamos el recorrido en Vilar de Gomariete para llegar al área recreativa en la que tiene origen el recorrido. Lo realizamos en sentido contrario a las agujas del reloj, en una subida muy pausada para disfrutar del paisaje y de las vistas panorámicas que se ofrecen en este entorno. Un recorrido amable que nos llevará a la parte alta de O Castelo, en una última subida pronunciada pero muy corta. Buenas vistas en todo el contorno desde este promontorio en el que se puede observar que están realizando trabajos (castas arqueológicas). Se puede ver una cueva / agujero entre el roquedo que bien pudiera ser O Burato dos Mouros.
Abandonamos este alto y en una bajada algo pronunciada nos dirigimos al otro pico rocoso, un poco más alto, en el que se ubica el vértice geodésico O Castelo a una altura de 791 msnm.
Bajamos del vértice por un sendero bastante bien definido para continuar sendereando entre bosque y matorrales para volver a confluir con el recorrido señalizado. Caminamos por antiguas corredoiras delimitadas por muros de piedra en medio de una vegetación mixta y autóctona. Hoy día 24 de marzo hemos oído por primera vez el canto del cuco. Ya está entre nosotros. Un recorrido interesante fácil y lleno de encanto.
En el alto del monte Castelo hay una cueva que le llaman “O Burato dos Mouros”.
Cuenta la leyenda que en esa cueva vivieron los moros durante muchos años y creyera que dentro dejaron un tesoro escondido.
Al entrar en la cueva, esta desciende cara el fondo del monte y parece que no tiene fin. Hace un tiempo un vecino de Bóveda dejó en la boca del agujero una gallina con pollitos y al cabo de un mes aparecieron en el fondo del monte por arriba del pueblo de Bóveda la gallina y los pollitos.
Lo cierto es que en esta zona hay muchas leyendas que tienen a los moros por protagonistas y este agujero, que existe en la realidad, es el centro de todas ellas.
Monte Castelo
Tiene de 10 a 15 hectáreas. Aparecieron piezas cerámicas castreñas, romanas y medievales. Referencias a la estatua de un guerrero castreño desaparecido. En algunas publicaciones leyera que aquí apareció el famoso Mercurio de bronce de época romana, cuando en realidad fue encontrado en Seiró.
En la Edad Media hubo un castillo conocido como Castellum Sancti Iohannis; aún se pueden apreciar las bases de algún muro. No año 2021 se realizaron unas intervenciones dirigidas por el arqueólogo Martiño Xosé Vázquez que confirman la información anterior, recogida hace años, entre otros, por Xaquín Lorenzo Fernández.

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sábado, 23 de marzo de 2024

PITÕES DAS JÙNIAS - MONTEALEGRE (PORTUGAL)

Pitões das Júnias es una aldea portuguesa ubicada a 1200 metros de altitud, del concelho de Montalegre, que se encuentra integrada dentro del Parque Nacional da Peneda-Gerês, en Portugal.
El origen de la fundación de esta aldea está relacionado con el Monasterio de Santa Maria das Junias y data de entre los siglos IX y XI.
En ella aún es posible observar las típicas Choupanas, una especie de cabañas cubiertas con techos de paja.
De su patrimonio cultural destacan la iglesia y las ruinas del Monasterio de Santa Maria das Junias, en las cuales aún se conserva un portal románico.
En los alrededores de Pitões da Junias existe una cascada natural de gran belleza

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lunes, 18 de marzo de 2024

RENTAS EXENTAS ¿QUE SON? NO TRIBUTAN EN EL IRPF

En la declaración de IRPF hay que incluir todas las rentas, es decir, los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario, los derivados del ejercicio de actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales, y las imputaciones de renta establecidas por ley.
No obstante, existen una serie de supuestos en los que, a pesar de haberse producido el hecho imponible (la obtención de rentas), no nace la obligación de tributar; cuando esto ocurre nos encontramos ante una renta exenta.
Sólo está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes.
Las rentas exentas no se tienen en cuenta para determinar el límite de la obligación de declarar y, salvo excepciones, como por ejemplo en el caso de la exención por reinversión en vivienda habitual, no las tienes que incluir en tu declaración.

sábado, 2 de marzo de 2024

VUELVE EL PÁNICO A GRIFOLS

De mar de fondo a marejada y fuerte marejada. Todo muy confuso en Grifols.
Un valor impoluto en tiempos pretéritos. Ahora desconcierto entre los inversores. Las cosas no pintan bien para el gigante farmaceutico español. Debilitado por acusaciones graves por Gotham City Research en el pasado mes de enero.
El grupo ha presentado unos resultados que han acelerado las dudas de que su contabilidad sea un fiel reflejo de su veracidad económico - patrimonial. Anuncia un dieciséis por ciento de Ebitda y un incremento de las ventas anuales de un once por ciento. Y manifiesta que sus cuentas no han sido auditadas y que tendrán el informe de auditoría antes del día ocho de marzo por parte de KPMG.
Al mismo tiempo se comunica una caída del setenta por ciento de los beneficios anuales, justificando este desplome de beneficio, por los costes de reestructuración excepcionales de aproximadamente ciento cuarenta y siete millones de euros. Todo suena muy confuso. Es importante conocer el flujo de caja y el endeudamiento real.
El valor entró en una dinámica diabólica con grandísima volatilidad con caidas historicas y recuperaciones en términos porcentuales muy relavantes.
Según CincoDías:
Una sociedad controlada por Grifols abonó un dividendo de 266 millones a Scranton.
El grupo asegura que no supuso salida de caja. 
Grifols compró BPC Plasma en 2018 y posteriormente fue vendida a Scranton.
Atentos, muy atentos. 

Fuente: Elaboración propia. Gráfico semanal. Tendencia bajista en el l/plazo con una directriz a la baja consolidada, incapaz de romper el techo de la EMA200. Se formó un triángulo claro que terminó por romper los cuatro soportes (cuatro mínimos crecientes) de la directriz alcista. Atentos porque el valor está tensionado por la fuerte incertidumbre de los comunicados contradictorios a la espera del informe de la auditora KPMG. Será una buena noticia que el precio perfore al alza la EMA de 200 períodos que es una resistencia clave.