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jueves, 16 de julio de 2026

SI TIENES DIERO OCIOSO, NO REMUNERADO, PUEDES HACER CÁLCULOS PARA CANCELAR ANTICIPADAMENTE UN PRÉSTAMO

Si tomas la decisión que una parte de tus ahorros son para liquidar el préstamo que mes a mes estás pagando y te condiciona desde tiempo.
  • La cancelación anticipada consiste en devolver la totalidad del capital pendiente de un préstamo antes de la fecha de vencimiento.
  • También puedes optar por amortización anticipada parcial, que es la devolución solo de una parte del capital pendiente.
Cuando se solicita la cancelación total, no basta solo con devolver el capital pendiente: también deben satisfacerse los intereses ya generados hasta el momento de la cancelación y otros gastos.
Ver conceptos relevantes que es necesario tener en cuenta:
  • Capital pendiente de amortizar.
  • Intereses devengados y no pagados hasta la fecha efectiva de cancelación.
  • Comisión o compensación por amortización anticipada, si procede según el contrato y la normativa aplicable.
  • Otros gastos específicamente previstos en determinadas operaciones.
  • Los intereses devengados son los que se han generado desde la última cuota pagada hasta el día exacto en que se cancela el préstamo.
  • La fórmula general es:
    • Interés devengado = Capital pendiente × Tipo de interés × (Días transcurridos/Base anual)
Cuantificar:
  • Capital pendiente: saldo vivo (actual) del préstamo.
  • Tipo de interés: tipo nominal anual aplicable.
  • Días transcurridos: número de días desde la última liquidación de intereses.
  • Base anual: normalmente 365 días (360 en algunos contratos tienen estipulado).
    • Aunque el préstamo se cancele antes de tiempo, el prestamista tiene derecho a cobrar los intereses correspondientes al periodo durante el cual el dinero ha estado efectivamente prestado, a tu disposición, desde la última cuota.
    • El cálculo de dichos intereses se realiza proporcionalmente al tiempo transcurrido desde la última liquidación.