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miércoles, 8 de julio de 2026

LA PUBLICIDAD DE LOS PRODUCTOS BANCARIOS - CIRULAR 4/2020 (26 de junio) DEL BANCO DE ESPAÑA

La publicidad también nos vende productos financieros, como si se tratara de cualquier otro objeto de consumo o servicio:
  • Estos anuncios son, en muchos casos, el primer contacto con el producto que queremos contratar o que la entidad nos ofrece.
  • Ofertas de cuentas, préstamos, hipotecas, tarjetas, las entidades emplean las redes sociales, los medios digitales y tradicionales, la tele y la radio para captar nuevos clientes y fidelizar a los actuales.
  • La tecnología digital ha personalizado las nuevas formas de comunicación, lo que permite a las entidades llegar a segmentos de público específicos mediante campañas online y estrategias de marketing segmentadas.
  • La publicidad, como es obvio, busca modelar la decisión del futuro cliente, pero en el ámbito bancaria está sujeta a reglas estrictas.
En España, la normativa exige que la publicidad sea clara, suficiente, objetiva y no engañosa, para garantizar que los clientes disponen de información necesaria antes de contratar un producto:
  • La publicidad debe jugar, además, un importante papel para permitir a los clientes bancarios comparar las distintas ofertas existentes en el mercado.
  • Cuando leas la publicidad fíjate en los aspectos fundamentales del producto:Importe, plazo, tipo de interés, comisiones y otros gastos
  • La TAE, el indicador clave para comparar ofertas con iguales o distintas características
  • Posibles condiciones especiales que el producto requiera para su contratación, como ser nuevo cliente, tener una determinada edad, disponer de nomina, etc.
  • Que la oferta esté vigente
  • Conocer la entidad con la que vas a contratar el producto
  • La obligación de contratar productos accesorios al que te interesa para acceder a las condiciones de la oferta publicitaria.
Inportantísimo el contenido de la letra pequeña.
Fuente: Banco de España

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