NRV 18ª
Los gastos de formación del personal de
la empresa tienen la consideración de gastos de personal.
Se puede utilizar la cuenta 649 Otros
gastos sociales.
Figurarán en la cuenta de pérdidas y
ganancias. Esto quiere decir que formarán parte de los resultados de explotación
de la empresa.
En cuanto a las posibles
bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social, se registraran según establece el Plan
General Contable o el Plan de Pequeñas y Medianas Empresas en materias de
donaciones, legados o subvenciones.
Importante: Muchas de estas ayudas a
la formación de los empleados de las empresas, se hacen efectivas mediante la
reducción de su importe de las cuotas a la Seguridad Social. Puede admitirse
que dicho importe minore el gasto ocasionado, siempre que se cumplan el
criterio de la importancia relativa y esta subvención no sea importante o
significativa.