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jueves, 29 de octubre de 2026

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES POR LA AMORTIZACIÓN ANTICIPADA DE UN PRÉSTAMO AL CONSUMO

Fuente: Banco de España
El contrato de préstamo constituye una obligación esencial, juntamente con el consentimiento y la causa, la entrega de la cosa prestada cuya restitución deberá realizarse en la forma y tiempo pactado, más el abono de intereses si así se hubiere convenido.
La mayoría de los ciudadanos hemos solicitado algún préstamo /crédito al consumo:
  • En los contratos se fija una fecha de vencimiento.
  • Si hemos pedido un crédito / préstamo podemos en cualquier momento:
    • Devolverlo antes de la fecha pactada (amortización o reembolso anticipado):
      • Todo el importe pendiente.
      • Solo una parte.
        • Si devolvemos el préstamo antes de la fecha prevista, la entidad financiera debe descontar la parte de los intereses y de otros gastos que corresponda al tiempo restante del contrato.
          • Si el préstamo tenía una duración de tres años y lo devolvemos al cabo de dos, nos ahorraremos los gastos (costes) correspondientes al años restante.
La famosa comisión de apertura:
  • La comisión de apertura es la cantidad que las entidades (algunas) cobran al formalizar un contrato de préstamo.
  • El TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) estableció que la reducción debe incluir todos los gastos pagados por el préstamo.
  • Esto incluye también los gastos que no dependen de su duración, como la comisión de apertura.
  • Queda muy claro que si amortizamos un préstamo, la entidad financiera deberá devolver parte de la comisión de apertura.
  • Si no hay acuerdo entre el prestamista y el prestatario la cantidad a devolver de la citada comisión, corresponde a los tribunales de justicia dirimir las diferencias.
    • Muchos desacuerdo son sobre la forma de calcularla.
El derecho al desistimiento:
  • Nos permite cancelar el contrato de préstamo / crédito sin penalización durante los catorce días naturales siguientes a la firma:
    • Lo establece la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
    • La sentencia del Tribunal de la Unión Europea, antes mencionada, se refiere a la devolución anticipada de un préstamo / crédito, aunque contempla que el mismo criterio debe aplicarse cuando una persona desiste del contrato.
    • Según las buenas prácticas bancarias, la entidad también debería devolvernos parte de la comisión de apertura en ese caso.
    • Las entidades tambien puede cobrar alguna compensación (en algunos casos):
      • Si el préstamo es a tipo de interés fijo, la entidad financiera puede cobrar una compensación por los costes que le cause directamente la devolución anticipada. La ley establece estos límites:
        • Hasta el 1% de la cantidad amortizada, si falta más de un año para que termine el contrato.
        • Hasta el 0,5% de la cantidad devuelta, si restan un año o menos.
        • Excepcionalmente, las entidades podrían cobrarnos una cantidad superior, pero estarían obligadas a demostrar que la devolución anticipada les ha causado una pérdida económica directa mayor que esos límites.
Es habitual recibir descuentos por financiar la compra de un coche:
  • Algunas entidades ofrecen un descuento si financiamos total o parcialmente la compra de un coche.
  • Es muy importante comprobar si el contrato obliga a devolverlo en caso de amortización total.
  • La entidad financiera debe explicar con claridad tanto en el contrato de préstamo como en la información previa:
    • El descuento que nos aplican, que sea real.
    • Las condiciones para conservarlo.
    • Cuando tendremos que devolverlo.
    • Cualquier penalización por cancelar antes del vencimiento la financiación.
    • La penalización y la devolución del descuento son costes diferentes.
      • Si surge un desacuerdo, la entidad deberá demostrar la pérdida económica que ha sufrido y justificar la cantidad que reclama.
Corolario:
  • Tenemos derecho a que se reduzcan los intereses y los demás costes del préstamo.
  • Podemos devolver el préstamo /crédito al consumo antes de tiempo, de forma total o parcial.
  • La reducción debe incluir la parte proporcional de la comisión de apertura.
  • La entidad solo puede cobrar una compensación en los casos previstos por la ley y dentro de los límites establecidos.
  • Si amortizamos el préstamo / crédito que pedimos para comprar un vehículo, es posible que nos quedemos (perdamos) el descuento aplicado en el precio.
  • Según las buenas prácticas bancarias, este criterio también debe aplicarse si desistimos del contrato.
Fuente: Banco de España

domingo, 3 de mayo de 2026

REUNIFICACIÓN DE DEUDAS ¿REALMENTE NECESITO UN PRÉSTAMO? ¿PUEDO PAGAR LA DEUDA CON HOLGURA?

Todos en algún momento podemos necesitar un préstamo (estudios, coche, vivienda, imprevistos, etc.).
Cuando se nos acumulan varias deudas (préstamo hipotecario, cohe, tarjetas, electrodomésticos y otros) es fácil perder el control de nuestas finanzas personales.
Reunificar deudas
  • Se trata de juntar todos los préstamos en uno solo con la finalidad de pagar una única cuota al mes, más baja y que sea posible soportar.
  • La entidad financiera estudia tus deudas.
  • Te conceden un nuevo préstamos (personal o hipotecario).
  • Las entidades financieras intentarán que sea hipotecario.
  • Con el dinero de nuevo préstamo, cancelan los préstamos anteriores.
  • Tendrás una sola cuota, generalmenta a más largo plazo.
Ventajas que tendrás que valorar
  • Un mejor control y organización de tus finanzas personales.
  • Más fácil pagar la cuota a corto plazo.
  • Tienes una gestión simple.
Riesgos y desventajas
  • Si alargas el plazo, pagarás más intereses en total.
  • Tus ingresos quedan comprometidos durante más años (períodos).
  • Pagarás durante mucho más tiempo por bienes que quizás ya no tienes o que han sufrido deterioro o depreciación.
  • La reunificació de deudas (préstamos) supone tener gastos adicionales: de posibles mediadores, formalización, comisiones de cancelación, etc.
El mensaje principal
  • La reunificación de deudas /préstamos puede ser útil si estás agobiado con muchas cuotas mensuales y en distintos días del mes.
  • Reunificar no es la solución ideal. En términos coloquilales, es un apaño.
  • Lo ideal es evitar llegar a esta situación de endeudamiento excesivo, planificando muy bien antes de pedir un préstamo.
  • Nos debemos hacer siempre dos preguntas:
    • ¿Realmente necesito un préstamo?.
    • ¿Puedo pagar la deuda que voy a contraer con facilidad y holgura?
Fuente: Banco de España.