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viernes, 17 de febrero de 2017

LOS DEPÓSITOS BANCARIOS EN 2016 DESDE EL PUNTO DE VISTA FISCAL - PRÓXIMA CAMPAÑA IRPF DESDE EL 5 DE ABRIL AL 30 DE JUNIO DE 2017


Los depósitos bancarios son contratos mediante los cuales una de las partes persona/as o entidad/es entrega la otra parte, generalmente a una entidad crediticia, una cantidad de unidades monetarias para que sea custodiado y al cabo de un tiempo pactado sea reintegrado al/los depositantes junto con una cantidad extra de unidades monetarias en concepto de intereses.
Tipos de rendimientos de los depósitos bancarios: Dinerarios, en especie y especiales.
Rendimientos Dinerarios: Intereses que tienen la calificación de rendimientos de capital mobiliario derivado de la cesión a terceros capitales propios. En estos rendimientos no hay gastos deducibles y los intereses por descubierto, tampoco son deducibles.
Los intereses de los depósitos y cuenta bancarias forman parte de la Base Imponible del Ahorro en el Impuesto de la Renta Sobre las Personas Físicas. En el ejercicio fiscal de 2016 (próxima campaña de 2017) tributaran según la siguiente tabla:
Base liquidable €            Parte Estatal %  Parte autonómica %              Agregado (a)
Hasta 6.000 €                        9,50%                     9,50%                               19%
6.000,01 – 50.000 €           10,50%                    10,50%                              21%
Desde 50.000,01 €             11,50%                    11,50%                              23%
(a) En el agregado no hay diferencia entre las comunidades autónomas que forman parte del Reino de España.
Retención: Los intereses si tienen retención del 19%
La Base Imponible de Ahorro en general se forma por: intereses, dividendos, rendimientos obtenidos de seguros, rentas procedentes de activos de renta fija como pueden ser los cupones, la transmisión, el reembolso, la amortización, el canje o conversión) y las ganancias y pérdidas derivadas de la venta de inmuebles, acciones o instituciones de Inversión Colectiva, con independencia de su periodo de permanencia en el patrimonio del contribuyente.
A partir de uno de enero de 2015 se suprime la compensación fiscal existente hasta ese momento aplicable por los contribuyentes que hubiera percibido rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios procedentes de instrumentos financieros, contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006, con periodo de generación superior a dos años o calificados reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.
Rendimientos en Especie: Se distingue dos tipos que son regalos y premios
Si la entrega es consecuencia de la cesión de capitales y retribuye a los mismos, como puede ser un regalo por la suscripción de determinado producto financiero, estamos ante un rendimiento en especie de capital mobiliario. Son las típicas ollas, vajillas, aspiradoras, etc. Como se expuso en la tabla anterior, tributaran entre el 19% y el 23%.
Cuando no existe causa /efecto entre una imposición de dinero y la entrega de un bien o servicio, como bien pudiera ser un sorteo o premio por hacerse cliente, domiciliar la nómina, etc., estaríamos no ante una renta del ahorro, sino ante una ganancia patrimonial.  Por lo tanto, se ha de integrar en la base general junto con el resto de ganancias y pérdidas patrimoniales que no se originan por transmisiones de elementos patrimoniales. Si el importe no supera los 300€, el premio no está sometido a retención. Si lo supera si está sujeto a retención o ingreso a cuenta por todo el importe. Si el premio es de 320 €, lo estará por los 320€ y no por 320 – 300 = 20 €.
Calculo con ejemplo: La entidad financiera BANCO FEO entrega un televisor marca patata por un depósito. El televisor tiene un precio de mercado de 800 € (se entiende con IVA incluido). Para el BANCO FEO, el coste del televisor fue de 400 € (también IVA incluido).
Nota importante: El valor de mercado es el resultado de aumentar en un 20% el valor de adquisición del bien o el coste para la entidad.  En este caso le costó 400 €.
El valor del mercado es el coste para la entidad + 20%: 400 X 1,20 = 480 €
Retención:  480 X 19% = 91,20 €
VALORACIÓN RENDIMIENTO ESPECIE: 480 + 91,20 = 571,20 €
EL INGRESO A CUENTA SERÍA: 91,20 €
Casos especiales: Sería para contemplar las cuentas en moneda extranjera /cuentas en divisas. Si tenemos nuestras unidades monetarias en una cuenta en divisas con la rentabilidad asegurada (los típicos seguros de cambio), la renta generada por la cuenta en divisas se considera un rendimiento de capital mobiliario con la correspondiente retención del 19% para el ejercicio 2016 (objeto de este análisis).
Si la diferencia de cambio no está asegurada podremos tener una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de venta y adquisición.
Los planes de ahorro a largo plazo: En la reforma fiscal de 2014 del señor Montoro aparece esta modalidad de ahorro, ante la nula retribución de los depósitos. Es a partir del enero de 2015 (Disposición Adicional 26ª de la Ley del IRPF) que dice:
1. Los Planes de Ahorro a Largo Plazo se configuran como contratos celebrados entre el contribuyente y una entidad aseguradora o de crédito que cumplan los siguientes requisitos:
a) Los recursos aportados al Plan de Ahorro a Largo Plazo deben instrumentarse, bien a través de uno o sucesivos seguros individuales de vida a que se refiere el apartado 2 de esta disposición adicional, denominados Seguros Individuales de Vida a Largo Plazo, o bien a través de depósitos y contratos financieros a que se refiere el apartado 3 de esta disposición adicional integrados en una Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo
Un contribuyente sólo podrá ser titular de forma simultánea de un Plan de Ahorro a Largo Plazo.
b) La apertura del Plan de Ahorro a Largo Plazo se producirá en el momento en que se satisfaga la primera prima, o se realice la primera aportación a la Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo, según proceda, y su extinción, en el momento en que el contribuyente efectúe cualquier disposición o incumpla el límite de aportaciones previsto en la letra c) de este apartado.
A estos efectos, en el caso de Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo, no se considera que se efectúan disposiciones cuando llegado su vencimiento, la entidad aseguradora destine, por orden del contribuyente, el importe íntegro de la prestación a un nuevo Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo contratado por el contribuyente con la misma entidad. En estos casos, la aportación de la prestación al nuevo seguro no computará a efectos del límite de 5.000 euros señalado en la letra c) de este apartado, y para el cómputo del plazo previsto en la letra ñ) del artículo 7 de esta Ley se tomará como referencia la primera prima satisfecha al primer seguro por el que se instrumentó las aportaciones al Plan.
c) Las aportaciones al Plan de Ahorro a Largo Plazo no pueden ser superiores a 5.000 euros anuales en ninguno de los ejercicios de vigencia del Plan.
d) La disposición por el contribuyente del capital resultante del Plan únicamente podrá producirse en forma de capital, por el importe total del mismo, no siendo posible que el contribuyente realice disposiciones parciales.
e) La entidad aseguradora o, en su caso, la entidad de crédito, deberá garantizar al contribuyente la percepción al vencimiento del seguro individual de vida o al vencimiento de cada depósito o contrato financiero de, al menos, un capital equivalente al 85 por ciento de la suma de las primas satisfechas o de las aportaciones efectuadas al depósito o al contrato financiero.
No obstante, lo anterior, si la citada garantía fuera inferior al 100 por ciento, el producto financiero contratado deberá tener un vencimiento de al menos un año.
2. El Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP) se configura como un seguro individual de vida distinto de los previstos en el artículo 51 de esta Ley, que no cubra contingencias distintas de supervivencia o fallecimiento, en el que el propio contribuyente sea el contratante, asegurado y beneficiario salvo en caso de fallecimiento.
En el condicionado del contrato se hará constar de forma expresa y destacada que se trata de un Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo y sus siglas (SIALP) quedan reservadas a los contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2015 que cumplan los requisitos previstos en esta Ley.
3. La Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo se configura como un contrato de depósito de dinero celebrado por el contribuyente con una entidad de crédito, con cargo a la cual se podrán constituir uno o varios depósitos de dinero, así como contratos financieros de los definidos en el último párrafo del apartado 1 del artículo segundo de la Orden EHA/3537/2005, de 10 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 27.4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en cuyas condiciones se prevea que tanto la aportación como la liquidación al vencimiento se efectuará en todo caso exclusivamente en dinero. Dichos depósitos y contratos financieros deberán contratarse por el contribuyente con la misma entidad de crédito en la que se haya abierto la Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo. Los rendimientos se integrarán obligatoriamente en la Cuenta Individual y no se computarán a efectos del límite previsto en la letra c) del apartado 1 anterior.
La Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo deberá estar identificada singularmente y separada de otras formas de imposición. Asimismo, los depósitos y contratos financieros integrados en la Cuenta deberán contener en su identificación la referencia a esta última.
En el condicionado del contrato se hará constar de forma expresa y destacada que se trata de una Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo y sus siglas (CIALP) quedan reservadas a los contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2015 que cumplan los requisitos previstos en esta Ley e integrarán depósitos y contratos financieros contratados a partir de dicha fecha.
4. Las entidades contratantes deberán informar, en particular, en los contratos, de forma expresa y destacada, del importe y la fecha a la que se refiere la garantía de la letra e) del apartado 1 de esta disposición adicional, así como de las condiciones financieras en que antes del vencimiento del seguro individual de vida, del depósito o del contrato financiero, se podrá disponer del capital resultante o realizar nuevas aportaciones.
Asimismo, las entidades contratantes deberán advertir en los contratos, de forma expresa y destacada, que los contribuyentes sólo pueden ser titulares de un único Plan de Ahorro a Largo Plazo de forma simultánea, que no pueden aportar más de 5.000 euros al año al mismo, ni disponer parcialmente del capital que vaya constituyéndose, así como de los efectos fiscales derivados de efectuar disposiciones con anterioridad o posterioridad al transcurso de los cinco años desde la primera aportación.
5. Reglamentariamente podrán desarrollarse las condiciones para la movilización íntegra de los derechos económicos de seguros individuales de ahorro a largo plazo y de los fondos constituidos en cuentas individuales de ahorro a largo plazo, sin que ello implique la disposición de los recursos a los efectos previstos en la letra ñ) del artículo 7 de esta Ley.
6. En caso de que con anterioridad a la finalización del plazo previsto en la letra ñ) del artículo 7 de esta Ley se produzca cualquier disposición del capital resultante o se incumpla el límite de aportaciones previsto en la letra c) del apartado 1 de esta disposición, la entidad deberá practicar una retención o pago a cuenta del 19 por ciento sobre los rendimientos del capital mobiliario positivos obtenidos desde la apertura del Plan, incluidos los que pudieran obtenerse con motivo de la extinción del mismo.
7. Los rendimientos del capital mobiliario negativos que, en su caso, se obtengan durante la vigencia del Plan de Ahorro a Largo Plazo, incluidos los que pudieran obtenerse con motivo de la extinción del Plan, se imputarán al período impositivo en que se produzca dicha extinción y únicamente en la parte del importe total de dichos rendimientos negativos que exceda de la suma de los rendimientos del mismo Plan a los que hubiera resultado de aplicación la exención.

domingo, 12 de febrero de 2017

ÁREA RECREATIVA DE SANTA CRUZ - A FERRERÍA NO RÍO QUEIXA - CHANDREXA DE QUEIXA

A Ferrería no Río Queixa.
Sábado, 11 de febrero de 2017.
Seguimos en Chandrexa de Queixa, en la carretera circunvalación del embalse. La ruta comienza en el Puente de Santa Cruz, en la cola del embalse, caminando siempre al lado del río Queixa. Después de caminar casi cinco kilómetros llegamos a la aldea de A Ferrería (abandonada), aunque en los últimos tiempos tomado por los rebaños de ganado y empleado como asentamiento por los pastores. Quedan manifiestas señales aún en A Ferrería de por qué se llama de este modo. Son los vestigios de una antigua industria metalúrgica en plena sierra, una herrería.
Debemos regresar, quedando como asunto pendiente, la visita al pueblo de la Edreira, abandonado desde la Guerra Civil. Son casi siete kilómetros más. No hay tiempo.

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sábado, 11 de febrero de 2017

SUBIDA O XISTRAL DESDE TABOAZAS - CHANDREXA DE QUEIXA (OURENSE)

O Xistral na Serra de Queixa.
Sábado, 11 de febrero de 2017. Destino al Macizo Central Ourensano, al pintoresco lugar de Tabuazas del Concello de Chandrexa de Queixa. El pequeño objetivo de alcanzar la cuota de los 1590 metros del alto de O Xistral. Lugares de ensueño que ofrecen distintas alternativas para los caminantes. Estas tierras forman parte de uno de los techos de Galicia.
Día sin lluvia, pero muy frío y el viento se dejaba sentir por momentos por encima de los mil metros. Subida cómoda con el aliciente de la nieve. Diez kilómetros memorables.
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viernes, 3 de febrero de 2017

PÉRDIDAS HISTÓRICAS DEL BANCO POPULAR - EL IBEX 35 CIERRA AL ALZA SIGUIENDO LA TÓNICA DE LOS MERCADOS INTERNACIONALES

El Ibex-35 terminó el viernes con un alza del 0,60%, en línea con otros mercados internacionales, tras buenas noticias macroeconómicas y tras una semana marcada por los resultados anuales de los bancos que cerró el Popular con unas pérdidas históricas.
Han sido perdidas históricas para este banco, superiores al consenso del mercado que esperaba resultados negativos entre 3.000 y 3.150 millones de €. Y fueron de 3.485 millones de €.
El próximo 20 de febrero de 2017 toma las riendas del banco Emilio Saracho y es posible que todos los deterioros existentes se provisionaran convenientemente contra el ejercicio contable de 2016 para comenzar una nueva etapa sin necesidad de nuevas dotaciones.
Los bancos cotizados en nuestro selectivo tuvieron un buen comportamiento este último día de la semana bursátil. La cara negativa fue el Popular que cedía un 7,43%. La acción cerró 0,8720€.
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Saludos y buen fin de semana

jueves, 2 de febrero de 2017

SUBE EL PARO REGISTRADO EN ENERO DE 2017 - BAJAN LOS AFILIADOS A LA SEGURIDAD S0CIAL

Malos datos de empleo en el pasado mes de enero. Los datos de contratación laboral de los meses de enero siempre son negativos.
En enero del presente año 2017 se perdieron 174.800 afiliados a la Seguridad Social y el paro aumentó en más de 57.000 personas. Es justo señalar que no son peores que otros meses de enero de años anteriores, porque a pesar de destruirse empleo no fue con la intensidad de los años 2015 y 2016. Es verdad que no fueron peores porque muchos trabajadores que han perdido su trabajo, se retiraron del mercado laboral y no se sumaron a los inscritos en los servicios públicos de empleo (paro registrado). Y es que solamente acudes a estos ineficientes servicios públicos por mandato imperativo, para tener derecho a ciertos beneficios. Se acabaron las navidades y todos aquellos contratos temporales impulsaron la caída de las afiliaciones y el aumento del paro.
En el recién terminado mes de enero de 2017 más del 90% de los contratos laborales que se firmaron fueron temporales y cerca de 1/3 a tiempo parcial, lo que pone en evidencia la precariedad del mercado laboral español, como consecuencia directa de la devaluación salarial y la precarización de las condiciones laborales promovidas por la injusta reforma laboral que hace que la poca recuperación económica sea desigualmente repartida dentro de un modelo de crecimiento sostenido por actividades poco productivas que basan sus beneficios en el uso y abuso de la temporalidad y precariedad laboral.
No existe ese cambio de modelo productivo ansiado, que genere alto valor añadido. La creación de empleo gira a servicios poco productivos como pueden ser los servicios auxiliares, comercio y hostelería. Pocas contrataciones en la industria y en la intensidad tecnológica, agravada por la marcha de nuestros jóvenes más capaces y mejor formados a otros países que reciben gratis toda esa capacidad de desarrollo tecnológico e innovador.
Por último, señalar que la tasa de cobertura social registra guarismos de mínimos. ¿Quién se lleva la tostada de ese crecimiento? La tasa bruta de cobertura se sitúa en un poquito más del 56,5% con una tasa de gasto medio por beneficiario de 790 y en caída libre.
CLICAR EN LOS ENLACES:
AFILACIONES A LASEGURIDAD SOCIAL ENERO 2017
Economistas frente a la crisis

sábado, 28 de enero de 2017

ROTEIRO DA BROA - CONCELLO A MERCA (OURENSE)

Roteiro da Broa – A Merca
Sábado, 28 de enero de 2017
Lleva el mismo nombre que la asociación que se encargó de la recuperación y poner en valor la riqueza patrimonial, paisajística y natural del Concello de A Merca.
la Asociación A Broa de A Merca han hecho posible la primera ruta de senderismo por la zona sur del río Arnoia. Fenomenal trabajo.
Esta ruta recorre lugares singulares del Concello de A Merca, por caminos de carros, pasando por carballeiras y soutos centenarios. También por el pueblo abandonado de Ponte Ermida, la capilla do Carmo de Entreambosríos, los hórreos del pintoresco pueblo de Olás y Oxén.
Una parte del recorrido de este roteiro coincide con el camino real (O Real) también denominado Verea Vella, lugar por el que transitaban los zapateros de Vilanova dos Infantes para comprar curtidos (cuero) en Allariz. En un pequeño tramo nos adentramos en tierras del concello de Allariz.
Fenomenal ruta de senderismo por entornos hermosos y vegetación mixta pero fundamentalmente de hoja caduca. Casi 15 kilómetros recomendables y perfectamente señalizados.
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jueves, 26 de enero de 2017

EL AMOR ES COMO UNA FIEBRE - ALBERTO SAN SEGUNDO - BUSCANDO LEONES EN LAS NUBES DE LA RADIO UNIVERSIDAD DE SALAMANCA


PEOR REGISTRO DE ESPAÑA EN EL ÍNDICE DE PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN IPC2016 - DESCENDEMOS A LA POSICIÓN 41 Y NOS SITUAMOS AL LADO BRUNEI Y COSTA RICA - PORTUGAL NOS COME LA TOSTADA


Por si alguien me lee. España registra el peor dato de corrupción, toca suelo en el registro mundial sobre la corrupción. El IPC 2016 de la corrupción, dando la nota.
Emiratos Árabes, Bután, Uruguay y Bahamas, reciben mejor nota que España. Si nos descuidamos entraremos en lo que se denomina corrupción sistémica.
Estamos en la posición nº 41 con Brunei y Costa Rica y con una puntuación el IPC 2016 de 58. Portugal nos come la tostada, en la posición nº 29 y un IPC 2016 de 62.
Jesús Lizcano, Presidente de Transparencia Internacional España ha manifestado que: “Hay muchas cosas que mejorar en España en la lucha contra la corrupción, y es tan necesario como urgente que los Partidos políticos consideren la corrupción como un asunto de Estado y de claro interés social, y adopten por fin un acuerdo integral sobre las medidas legales e institucionales más importantes para combatir este importante problema social, que tanto sigue preocupando a los ciudadanos

ENCUESTA DE POBLACIÓN ACTIVA 3º TRIMESTRE 2016 - EPA - LA TEMPORALIDAD AFEA LA TASA DE PARO MÁS BAJA EN EL ESTADO ESPAÑOL DESDE EL AÑO 2009

Salieron los datos de la Encuesta de Población Activa Epa del último trimestre de 2016. El gobierno saca pecho y se auto felicita de los datos ofrecidos. El Presidente del Gobierno de España también alardeaba en el día de la fecha de los datos que los envolvía en papel de regalo para que parecieran mejores. Y espetó sin rubor “España ha cambiado mucho desde el año 2011 gracias a nuestras políticas” Sus datos lanzaban cifras que nadaban en una balsa de aceite, zumo, del primer prensado. Y es que los papeles tienen cuenta de todo. La culpa de esa mejoría de la economía española tiene que ver con San Mario, programas expansivos del BCE, un euro menos caro y el petróleo en precios bajos. Y porque nuestros competidores en recepción de visitantes están en guerra o altos grados de inseguridad, sobretodo en la franja mediterránea.
El Gobierno esconde que la temporalidad avanza a pasos agigantados y si no se revierte esta situación será un mal estructural del mercado laboral de España, consecuencia de una perversa reforma laboral.
Ejemplo: Si analizamos las Epas del 3º trimestre desde 2012, en relación con la temporalidad, nos encontramos con los siguientes guarismos:
                                     Tercer trimestre   Asalariados temporales        Tasa temporalidad
                                            2012                     3.474.100                             23,86%
                                            2013                     3.397.000                             24,05%
                                            2014                     3.552.100                             24,64%
                                            2015                    3.909.700                              26,15%
                                           2016                    4.152.300                             26,95% 
Datos sacados de las Epa. Incuestionable que la precariedad y temporalidad ha venido para quedarse. Se ha instaurado en el mercado laboral de España empleo precarizado y pobreza. Trabajar ya no garantiza que puedas vivir dignamente. 1.811.200 personas llevan más de 24 meses buscando empleo, lo que representa al 41,9% de los parados.     
Esta Epa también nos dice que 1.654.000 trabajadores con contratos a tiempo parcial, desean trabajar más horas.

martes, 24 de enero de 2017

ENCUESTA FINANCIERA DE LAS FAMILIA 2014

Demoledor informe del Banco de España: Las rentas más bajas todavía mas podres a la salida de la crisis. El trabajo ya no da para vivir de manera digna.
El 1% de los españoles más ricos acumula el 20% de la riqueza.
En los hogares españoles donde el cabeza de familia es menor de 35 años, la riqueza se hundió un 93% entre los años 2011 y 2014. Vergonzoso!!!!!!
Igualmente, la riqueza también descienda en más del 40% en la franja de edad hasta los 64 años de edad. 
Vivimos en un país cada día más desigual, donde unos pocos controlan y acaparan el crecimiento económico. Los datos macro de los que presume las autoridades gubernamentales, solamente llegan a los más ricos. 
Curioso: Crece la economía y crece la desigualdad. 

Leer Resumen de la encuesta financiera a las familias españolas. Clicar en la imagen

DICCIONARIO DEL AMOR - ALBERTO SAN SEGUNDO - BUSCANDO LEONES EN LAS NUBES DE LA RADIO UNIVERSIDAD DE SALAMANCA


HACER FRENTE A LA CRISIS DE LA ELECTRICIDAD - DECLARACIÓN DE ECONOMISTAS FRENTE A LA CRISIS

Ante la descomunal subida de precios de la electricidad en días críticos con temperaturas bajo cero, Economistas Frente a la Crisis, hace pública una declaración sobre los motivos y causas de esta desorbitada subida de precios y al mismo tiempo da soluciones.
Os recomiendo la lectura de esta declaración para tener criterios objetivos y no nos quieran hacer comulgar con ruedas de molino las autoridades del sector y gubernamentales.

lunes, 23 de enero de 2017

HECHO RELEVANTE DE CAIXA BANK COMUNICADO A LA CNMV DE PROPONER AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN INCREMENTAR LA PROVISIÓN EN 110 MILLONES EN RELACIÓN CON LAS CLÁUSULAS SUELO

Hecho relevante de CaixaBank comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores por la que decide proponer el aumento la provisión para hacer frente a la posible restitución de importes como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Europea en relación con las cláusulas suelo.

sábado, 21 de enero de 2017

OLIGOPOLIOS ELÉCTRICOS - ES OBLIGACIÓN DEL GOBIERNO ESPAÑOL RESOLVER LOS EXCESOS

Oligopolio eléctrico. Se puede cambiar.
La electricidad es un bien perfectamente homogéneo, es el mismo que ofrecen los oligopolistas. El negocio está servido. Un gobierno al servicio de todos, puede mediar y arbitrar sobre este abuso.
Solo existen unos cuantos oferentes de electricidad. Estos parece que de manera individual no son capaces de establecer el precio, pero pueden influir en el precio de las subastas haciendo colusión, esto es, poniéndose de acuerdo con el resto de los competidores.
El nivel de precios es pactado por los competidores oligopolistas, mediante acuerdos opacos donde el precio es más alto y las cantidades ofertadas menor. Picos de verano y picos de invierno. Pero, para que otros oferentes que quieran entrar en este mercado eléctrico, las barreras son insalvables. Un bunker en situación de posición dominante impiden que otros puedan participar.
Conclusión clara: La utilidad total para los agentes (consumidores) es menor. Los oligopolistas maximizan su utilidad, al conseguir que los compradores paguen un precio mayor. Si no queremos pasar frío en plena ola de frío, deberemos pasar por la caja oligopolista.  Ídem con temperaturas altas.
Quebranto social por parte de los oligopolios: Producen ineficiencia en los mercados porque ni la cantidad producida ni el precio son los óptimos del mercado. Es una obligación de los poderes públicos garantizar una política energética sostenible y al alcance de todos los sectores económicos.
Que puede hacer el Gobierno de España. Puede legislar para mejorar y hacer justicia con sus ciudadanos. En tanto en cuanto no se garantice un mercado eléctrico competitivo, se debería tomar ciertas medidas:
Crear un verdadero bono social para los más desfavorecidos, en función de la situación socioeconómica y de las rentas. Que no tenga que ver, como como en el pseudo bono social vigente, la potencia contratada.
Reclamar es una auténtica odisea. Si tienes la desgracia de que atiendan personas diferentes, recibirás soluciones diferentes, que nada tienen que ver con tu reclamación. Urge la creación de un arbitraje eficaz y rápido que soluciones los conflictos frente a las empresas oligopolistas.
Peajes. No entiendo porque tienen que imputar a mi recibo de luz costes que no son imputables al consumo de electricidad. Urge una rápida desvinculación. En los presupuestos generales del estado se puede establecer partidas sobre ese particular.
Si no hay mercado eléctrico competitivo, y no lo hay, es de vital importancia mantener la tarifa regulada por parte del Ministerio para luchar, proteger a los consumidores frente al mercado libre dominado y acaparado por cuatro o cinco eléctricas.
Equilibrio. Es tarea inaplazable del Gobierno de España establecer un plano de igualdad entre consumidores, distribuidores y comercializadores donde siempre sale perdiendo el consumidor.
Propiciar definitivamente el cambio de modelo energético. Políticas de eficiencia energética, nuevas energías, elección de las suministradoras más competitivas y favorecer de manera clara la discriminación horaria.
Como se fija el precio de la energía. Es algo desconocido. Tiene que existir un método de costes de estructura, fijos, variables…etc. Es de justicia pagar lo que realmente cuesta la energía y que las compañías cobren lo que cuesta su producción. Los costes de producción es un tesoro guardado que no interesa que los consumidores conozcan. Algún motivo habrá.
La energía es un sector estratégico, no puede quedar en manos de unos pocos. Debe de intervenir el Estado.