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martes, 27 de diciembre de 2022

ABRIR UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO

Fuente: Imagen Agencia Tributaria
Las economías son cada vez más dinámicas y flexibles. Las fronteras son más permeables y es posible abrir una cuenta en el extranjero totalmente legal de forma sencilla.
Los españoles podemos tener varios motivos para abrir cuentas en el extranjero, especialmente en otros países de la Unión Europea. Algunos de estos motivos pueden ser:
1.- Por trabajo u otras cuestiones laborales.
2.- Tienes una segunda residencia en el extranjero y necesitas una cuenta para los recibos vinculados a tu propiedad.
3.- Para diversificar tus ahorros y buscar mejores condiciones de rentabilidad. Los depósitos extranjeros suelen tener mejores tipos de interés.
La protección es fundamental. Las cuentas de los bancos de la Unión Europea tienen las mismas garantías y coberturas que las españolas y están adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos de su país. Muchos ahorradores ven en esta diversificación una ventaja relevante, al estar el dinero garantizado por el Fondo del país.
Una masa monetaria distribuida en varios países de la Unión Europea hará que la garantía no dependa de un solo país, sino que se extiende a Fondos de Garantía de Depósitos de otros países.
Además, las mayorías de los depósitos extranjero suelen ser online cien por cien. Es importante la utilización de canales digitales.
Me planteo abrir una cuenta en otro país. Pasos:
1.- Fiscalidad. Conocer la casuística fiscal, la aplicación o no de retenciones, como debe de tributar en España, convenios de doble imposición
2.- Acreditación de residencia fiscal.
3.- Conocer el banco en el que vas poner tus dineros. Opiniones, noticias, resultados.
4.- Riesgo país. Nota que las agencias de rating otorgan al país: Fich, Moody´s, S&P.
5.- Garantías. Verificar si la entidad está adherida al Fondo de Garantía de Depósitos de su país
.Una persona titular puede tener en el extranjero hasta 50.000,00€ sin necesidad de presentan documentación ante el Fisco Español. En tres tipos de activos que son:
a) Bienes raíces (propiedades inmobiliarias)
b) Cuentas de ahorro y depósitos
c) Valores y Fondos.
Si esta persona titular se excede de los 50.000,00€, en alguno de estos activos, deberá de manera obligatoria dar cuenta a la Hacienda Española mediante la confección de una declaración informativa, modelo 720. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
Ejemplo: Si tengo una cuenta en Portugal, otra en Francia y una tercera en Italia y el monto no supera los 50.000,00€, no tengo que presentar el modelo 720. Por el contrario, una cuenta con 40.000,00€ en Portugal y otra de 15.000,00€ en Francia, sí tengo que presentar declaración informativa modelo 720.
Nota importante: el modelo 720 no es de presentación regular. Solamente lo tendrás que volver a presentar si tus activos se incrementaron en 20.000,00€ desde la última presentación.
Es obvio que, si tu inversión en el extranjero ha obtenido rendimientos, del importe que sea, deberás incorporarlos al confeccionar el modelo 100, tanto para ganancias netas como brutas.
PREGUNTAS FRECUENTES DEL MODELO 720

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