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martes, 27 de diciembre de 2022

ABRIR UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO

Fuente: Imagen Agencia Tributaria
Las economías son cada vez más dinámicas y flexibles. Las fronteras son más permeables y es posible abrir una cuenta en el extranjero totalmente legal de forma sencilla.
Los españoles podemos tener varios motivos para abrir cuentas en el extranjero, especialmente en otros países de la Unión Europea. Algunos de estos motivos pueden ser:
1.- Por trabajo u otras cuestiones laborales.
2.- Tienes una segunda residencia en el extranjero y necesitas una cuenta para los recibos vinculados a tu propiedad.
3.- Para diversificar tus ahorros y buscar mejores condiciones de rentabilidad. Los depósitos extranjeros suelen tener mejores tipos de interés.
La protección es fundamental. Las cuentas de los bancos de la Unión Europea tienen las mismas garantías y coberturas que las españolas y están adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos de su país. Muchos ahorradores ven en esta diversificación una ventaja relevante, al estar el dinero garantizado por el Fondo del país.
Una masa monetaria distribuida en varios países de la Unión Europea hará que la garantía no dependa de un solo país, sino que se extiende a Fondos de Garantía de Depósitos de otros países.
Además, las mayorías de los depósitos extranjero suelen ser online cien por cien. Es importante la utilización de canales digitales.
Me planteo abrir una cuenta en otro país. Pasos:
1.- Fiscalidad. Conocer la casuística fiscal, la aplicación o no de retenciones, como debe de tributar en España, convenios de doble imposición
2.- Acreditación de residencia fiscal.
3.- Conocer el banco en el que vas poner tus dineros. Opiniones, noticias, resultados.
4.- Riesgo país. Nota que las agencias de rating otorgan al país: Fich, Moody´s, S&P.
5.- Garantías. Verificar si la entidad está adherida al Fondo de Garantía de Depósitos de su país
.Una persona titular puede tener en el extranjero hasta 50.000,00€ sin necesidad de presentan documentación ante el Fisco Español. En tres tipos de activos que son:
a) Bienes raíces (propiedades inmobiliarias)
b) Cuentas de ahorro y depósitos
c) Valores y Fondos.
Si esta persona titular se excede de los 50.000,00€, en alguno de estos activos, deberá de manera obligatoria dar cuenta a la Hacienda Española mediante la confección de una declaración informativa, modelo 720. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
Ejemplo: Si tengo una cuenta en Portugal, otra en Francia y una tercera en Italia y el monto no supera los 50.000,00€, no tengo que presentar el modelo 720. Por el contrario, una cuenta con 40.000,00€ en Portugal y otra de 15.000,00€ en Francia, sí tengo que presentar declaración informativa modelo 720.
Nota importante: el modelo 720 no es de presentación regular. Solamente lo tendrás que volver a presentar si tus activos se incrementaron en 20.000,00€ desde la última presentación.
Es obvio que, si tu inversión en el extranjero ha obtenido rendimientos, del importe que sea, deberás incorporarlos al confeccionar el modelo 100, tanto para ganancias netas como brutas.
PREGUNTAS FRECUENTES DEL MODELO 720

jueves, 12 de julio de 2018

PRÁCTICAS FRAUDULENTAS - ADVERTENCIA AL PÚBLICO - COMISIÓN NACIONAL DE MERCADO DE VALORES

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en colaboración con la Autoridad de los Mercados Financieros (AMF) francesa, advierte a los inversores sobre la existencia de prácticas fraudulentas dirigidas a inversores españoles y realizadas por entidades no registradas en dicho país.

jueves, 19 de octubre de 2017

IDENTIFICADOR ENTIDAD JURÍDICA LEI - LA IMPORTANCIA DE OBTENER EL CÓDIGO LEI

El identificador de entidad jurídica (LEI, por sus siglas en inglés) es un sistema de identificación universal y unívoco de entidades legales, concebido en particular para aquellas organizaciones que son parte de un contrato financiero. Ante las dificultades evidenciadas durante la crisis de Lehman Brothers para conocer y evaluar adecuadamente las interdependencias existentes en los mercados financieros globales, el G20 puso en marcha el proyecto LEI con el fin de dotar a estos mercados de una mayor transparencia. El objetivo último es mejorar la evaluación y gestión del riesgo sistémico, al ofrecer una visión más precisa y completa de los riesgos asumidos por cada participante. Asimismo, el LEI contribuirá a mejorar la gestión del riesgo por parte de las propias entidades y a facilitar los procesos de resolución de las mismas.

El LEI está basado en las especificaciones del estándar ISO 17442, que determina la estructura del identificador (código alfanumérico de 20 posiciones), así como la información básica que debe recoger (nombre oficial de la entidad, dirección de la matriz, fecha de asignación del LEI…). Esta información básica ha ido ampliándose a medida que se ha avanzado en el diseño del sistema. Adicionalmente, desde mayo de 2017 se ha empezado a incorporar de manera gradual información adicional, relativa a las relaciones de propiedad entre entidades. Dado que uno de los rasgos fundamentales del LEI es su vocación de bien público, tanto el código como la información que no está sujeta a restricciones de confidencialidad son de acceso libre.

La iniciativa ha supuesto no sólo crear el elemento identificador, sino también un sistema de gestión en torno al mismo a fin de proteger los objetivos de política pública y al tiempo fomentar la participación activa del sector privado. Se sigue para ello un modelo de gobierno de naturaleza federal organizado en tres niveles:
Regulatory Oversight Committee (ROC): formado por autoridades que representan a las cuatro regiones identificadas (América, Asia-Pacífico, África y Europa), es el responsable último del LEI. Desde su constitución, España es miembro de pleno derecho del ROC a través del Banco de España.
Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF): fundación sin ánimo de lucro designada como Unidad Operativa Central (COU) y sobre la que recae el encargo de gestionar el sistema bajo la supervisión del ROC. Como tal, es la responsable de asegurar la aplicación de estándares operativos uniformes, la implantación y uso del LEI en línea con los principios acordados y de promover su progresiva adopción en el mercado.
Local Operating Units (LOU): entidades públicas o privadas encargadas de implantar el LEI a nivel local, proporcionando el identificador a las entidades que lo soliciten y actuando como registro de la información de referencia que acompaña a dicho código.

En enero de 2013 se formó el ROC y, a fin de poner el sistema en marcha lo antes posible, se implantó una solución provisional que ha permitido a los denominados pre-LOU emitir unos códigos equivalentes (pre-LEI). En la actualidad el GLEIF está trabajando en acreditar tanto a los pre-LOU existentes a fin de que se conviertan en LOU y puedan así conformar el sistema definitivo, como en certificar a nuevas organizaciones que quieran comenzar a prestar servicios de LOU.

En el caso de España, los identificadores interinos son emitidos y gestionados por el Registro Mercantil.

En el contexto europeo se requirió en un primer momento el uso del código LEI para identificar a las partes de un contrato de derivados en el marco de la obligación de reporte a los registros de operaciones (Trade Repositories). Posteriormente, la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) recomendó también el uso de este identificador a efectos de reporte en el ámbito de la supervisión bancaria. A lo largo de los últimos años el uso del LEI para fines regulatorios ha ido extendiéndose. El GLEIF hace un seguimiento periódico de todas estas iniciativas normativas y publica una listado en su página web. (Fuente Banco de España)

jueves, 28 de julio de 2016

NUEVA GUÍA DEL INVERSOR SOBRE FONDOS COTIZADOS - COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

La Comisión Nacional del Mercado de Valores publicó una nueva guía para los inversores sobre fondos cotizados, los conocidos como ETF,s.
Interesante trabajo, útil y que nos da las pautas para tomar decisiones de inversión en estos activos.  
PINCHAR EN LA IMAGEN

viernes, 12 de febrero de 2016

CIERRE DE MERCADOS -FOREX - EL DEUTSCHE BANK - BANCOS ALEMANES E ITALIANOS EN EL PUNTO DE MIRA DE LOS INVERSORES - OJO A LOS FONDOS DE INVERSIÓN - COMISIONES DE LA BANCA - USD/JPY

Viernes 12 de febrero de 2015.  A los bancos europeos le comen la tostada. En Alemania también cuecen habas. El Deutsche Bank
Los bancos centrales se ven superados por los acontecimientos. Las políticas diseñadas y planificadas no han servido para esta semana tan negativa. Se ha instalado un sentimiento negativo, convulsivo, con tintes semejantes a los días previos a la caída de Lehman Brothers. En Europa la bolsa no levanta cabeza por la desconfianza en las entidades financieras, con el punto de mira en los bancos alemanes e italianos. El Deutsche Bank se desploma en bolsa. Este gigante alemán (sistémico) pudiera ser el Lehman Brothers del viejo continente. Y gestionar los problemas de uno de los emblemas del capitalismo alemán.  Se muestra con crudeza la vulnerabilidad alemana. Europa tendrá que hacer un “too big to fail”; una restructuración dolorosa, priorizando las pérdidas accionariales antes de aportar capital público.
John Cryan, copresidente ejecutivo del Deutsche (desde julio del año pasado) dijo a sus accionistas que les dieran tiempo para reformar este gigante, manifestando que “no será fácil y se necesitarán años para mostrar resultados”. Pide paciencia a los inversionistas. La valoración que los inversionistas están haciendo sobre la banca europea está en niveles de la crisis financiera del 2008. Las pérdidas millonarias del Deutsche (seis mil millones de pérdidas previstas para el primer trimestre del presente año) y la crisis de los motores diésel de Volkswagen suponen un golpe letal para el mundo empresarial alemán. En Alemania también se cuecen habas. El escándalo Libor supuso un duro golpe para la entidad germana y su credibilidad. Las bolsas europeas reflejan en las cotizaciones el temor de que las cuentas del banco no estén saneadas, que posiblemente existan activos tóxicos. En definitiva, sospechas de que es una entidad infra capitalizada.
Todavía quedan aproximadamente un billón de euros de préstamos incobrables en los balances de los bancos europeos como resultado de la última crisis, según lo publicado por la Autoridad Bancaria Europea.
No está muy claro si los fondos soberanos (no hacen comentarios) están vendiendo sus acciones de bancos europeos, pero la expectativa de que lo están haciendo o podrían hacerlo en el futuro parece estar ejerciendo una presión a la baja sobre dichas acciones. A los pequeños inversores, como siempre, les pillará el toro.
Fondos de inversión: Seguramente que muchos pequeños ahorradores pusieron su dinero en fondos de inversión, en algo que no era apropiado a su perfil. Quizás muchos estos inversores están asumiendo riesgos mayores a los que puede soportar. El Banco de España, el año pasado, dejaba claro la existencia de un riesgo real de perder dinero en los fondos de inversión. La caída de los tipos de interés en los depósitos provocó la migración de grandes cantidades de ahorro tradicional hacia los fondos de inversión, en busca de rentabilidad. En España la red de oficinas bancarias es superpotente. Interesa comercializar fondos de inversión y la red cumple eficazmente. Seamos cautos y revisemos con pragmatismo nuestra capacidad de asunción de riesgo.
Análisis de cierre de los Mercados de Valores de la Bolsa de Barcelona (CLICAR)
Comisiones bancarias. Clicar en la imagen para ver el estudio realizado por Facua en relación con las comisiones que cobran los bancos. Se trata de un estudio que media de julio a septiembre de 2014. Nos puede dar una idea aproximada del ideario comisionista de cada entidad. Atentos.

Os dejo el gráfico del par de divisas Usd/Jpy que en esta semana la tendencia fue bajista y con cierta lateralidad.
 
USD/JPY 15M 12-02-2016
Saludos y muy buen fin de semana 

jueves, 12 de noviembre de 2015

LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES ADVIERTE A LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA QUE LA PUBLICIDAD NO DEBE DE SER ENGAÑOSA

La Comisión Nacional del Mercado de Valores advierte a las Instituciones de Inversión Colectiva de que la publicidad no debe de ser engañosa, al observar ciertas prácticas inadecuadas, poco claras y cargadas de subjetividad. Este comunicado de la CNMV es del día 10 de noviembre de 2015 (martes).
Según el comunicado de la CNMV, se han identificado las siguientes prácticas respecto de la información suministrada en las páginas web de determinadas entidades gestoras y comercializadoras relativas a IIC:
Utilización de simuladores o vídeos que calculan una rentabilidad potencial que se obtendrá en el futuro, en base a la rentabilidad histórica obtenida por la IIC desde su constitución.
Entidades que incluyen datos de rentabilidades históricas obtenidas con anterioridad a un cambio sustancial de la política de inversión de la IIC.
 Entidades que incluyen en la web ampliamente destacados que pueden considerarse poco claros o engañosos. Por ejemplo, comentarios que presuponen que invertir en determinados tipos de fondos no supone riesgo para el inversor, o que con determinados fondos se obtendrá una rentabilidad superior a la de otros productos financieros.
Entidades que ofrecen información insuficiente, dado que únicamente difunden rentabilidades históricas correspondientes al último año, o al año en curso.
Entidades que destacan los elementos positivos sin informar de los riesgos asociados a la inversión en IIC.
Entidades que incluyen datos sobre rentabilidades históricas acumuladas para periodos superiores al año.
Entidades que incluyen la rentabilidad como el elemento más destacado de la comunicación (en ocasiones, con un tamaño de letra más grande y en color rojo).
Entidades que destacan los elementos positivos sin informar de los riesgos asociados a la inversión en IIC.
En el comunicado hace referencia a la normativa a la que debe de ajustarse toda esta casuística.
PINCHAR EN LA IMAGEN PARA ACCEDER A ESTA COMUNICACIÓN: