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martes, 20 de mayo de 2014

DESAHUCIOS EN ESPAÑA - EJECUCIONES HIPOTECARIAS SEGÚN EL BANCO DE ESPAÑA - OPINIÓN DE JUNCKER - INFORME SOBRE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juncker mostraba su estupor por la situación de los desahucios en España. Jean-Claude Jucker, presidente del Eurogrupo desde 2005 hasta 2013, apuesta por una economía social de mercado. Sin embargo, al frente del Eurogrupo ha sido uno de los grandes responsables de la política de recortes y austeridad impuesta por Bruselas. El hombre que gobernó el Gran Ducado de  Luxemburgo 18 años decía:
"No tengo que inmiscuirme en la legislación que se aplica en España pero quedé sobrecogido al ver como se hacía. Nunca he entendido que la ley española diga que cuando pierdes tu casa debes seguir pagando los intereses contraídos. En mi país, en Luxemburgo esto no es así. Y no debe ser. Quisiera que esto cambie pero no es competencia europea". (Fuente Cadena ser).
Lo dice un cuasi futurible próximo. Si no es competencia europea, deberemos entender que es el responsable del desaguisado el/los gobiernos de España. Tal vez la responsabilidad esté soltera.
Nota del Banco de España: Cada cual que saque sus conclusiones, si es que las hay.
En cumplimiento del compromiso anunciado por el Banco de España en mayo de 2013 de solicitar a las entidades de crédito y publicar regularmente información sobre los procedimientos judiciales hipotecarios que afectan a viviendas, se ofrecen en esta nota los datos correspondientes al año 2013.
A diferencia de la primera información publicada en mayo de 2013 (referida al ejercicio 2012), los datos ya no proceden de una encuesta, sino que son aportados por las entidades en cumplimiento de la Circular del Banco de España 1/2013, de 24 de mayo. Por otra parte, su alcance difiere, puesto que los datos no se circunscriben sólo a un conjunto de entidades (a las que se envió la encuesta inicial), sino al total de entidades de depósito.
 La información solicitada a las entidades es análoga a la que se pidió inicialmente en mayo del año pasado: entregas de viviendas adjudicadas o recibidas en pago de deudas surgidas por operaciones de crédito a los hogares para la adquisición de viviendas, distinguiendo entre vivienda habitual y otro tipo de vivienda (segunda residencia o viviendas para alquiler)1.
Datos
La Tabla 1 que se adjunta a continuación, presenta la información antes mencionada, para el total de entidades de depósito, a diciembre de 2013 y su comparación con los datos de diciembre de 2012.
 Las principales conclusiones que se obtienen de los datos de 2013 son las siguientes:

El número de entregas de viviendas en relación con el número de hipotecas a hogares para adquisición de vivienda en 2013 fue del 0,77 %. Este porcentaje, para vivienda habitual, fue del 0,66 %.
Las daciones en pago representaron en 2013 un 32,5 % de las entregas de viviendas, siendo un 33,8 % las correspondientes a vivienda habitual.
Del total de entregas judiciales ocurridas a lo largo de 2013, en un 92,7% de los casos las viviendas estaban vacías en el momento de la posesión. Ese porcentaje fue del 92,1 % en el caso de vivienda habitual.
El número de entregas judiciales con intervención de las fuerzas del orden fue de 147 casos en 2013. El 70 % de las hipotecas que dieron lugar a entregas judiciales de viviendas ocupadas en 2013, se originaron, bien en el año 2007, o con anterioridad al mismo.
La comparación de los datos de 2013 con los de 2012 muestra lo siguiente:
Un aumento en el número total de entregas de viviendas en un 11%. Sin embargo, para vivienda habitual, se observa un ligero descenso (0,23 %).
 Ligero crecimiento del 1,3% en el total de daciones en pago, aunque las correspondientes a vivienda habitual se reducen en un 13 %.
Un incremento en las entregas judiciales en un 18,5 % en 2013 respecto al año anterior. En el caso de las entregas de viviendas vacías el aumento es del 27 %. Las procedentes de viviendas ocupadas caen un 36 % respecto a 2012.
Por último, la entrega de viviendas con intervención de las fuerzas del orden cayó un 57% en 2013 respecto a 2012.

miércoles, 3 de julio de 2013

LEY 4/2013 DE 4 DE JUNIO FLEXIBILIZACIÓN Y FOMENTO MERCADO DE ALQUILER DE VIVIENDAS

La esperada ley de fomento del mercado de alquiler de viviendas ya está entre nosotros. Algo hemos avanzado, es mejorable. Toca puntos importantes y que sin duda dinamizarán el mercado.
El de desahucio por impago, un registro de sentencias firmes de impagos de alquiler, actualización de renta, la subasta y venta de vivienda con inquilino y en la regulación de la duración de los contratos, prorrogas, desistimiento y otros puntos. Una lectura completa nos da una visión del ideario de esta Ley.