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martes, 5 de noviembre de 2013

ÍNDICE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

  
Resolución de 4 de noviembre de 2013, del Banco de España, por la que se publican determinados tipos de referencia oficiales del mercado hipotecario¹.
Octubre de 2013

Porcentaje
1. Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo entre dos y seis años
2,741
2. Referencia interbancaria a un año (Euríbor)
0,541
3. Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de cinco años
1,251
4. Tipo interbancario a un año (Míbor)2
0,541
1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio (BOE de 6 de julio).
2 Este tipo dejó de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la OM de 1 de diciembre de 1999 (BOE de 4 de diciembre).
Fuente: BOE nº 265 de 05/11/2013, p. 89104 a 89104 Banco España



martes, 20 de agosto de 2013

QUE TENER EN CUENTA CUANDO SE CONTRATA PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS

Contrate sólo aquellos productos o servicios que comprenda de manera adecuada.
Asegúrese de la fiabilidad del intermediario.    
Antes de contratar un producto o servicio financiero analice con detenimiento sus características. Compruebe que sea exactamente lo que usted necesita.
Pida siempre toda la información por escrito, tanto si contrata una tarjeta como si pide un préstamo hipotecario. Compruebe todo lo que le digan.
En caso de duda acuda al organismo competente (Banco de España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o Comisión Nacional del Mercado de Valores).
No tire la información periódica que le remiten: ábrala y compruebe que el producto o servicio funciona tal como usted esperaba (por ejemplo, compruebe que le cobran las comisiones acordadas).
Fuente: cnmv y banco españa

martes, 11 de junio de 2013

UNA EXPLICACIÓN DE LA CRISIS APALANCAMIENTO O LAVERAGE

La traducción no es buena, pero la explicación sí merece la pena. La crisis financiera a nivel internacional, tal vez vino para quedarse.¿ Podemos hacer algo ? 

lunes, 27 de mayo de 2013

TRES ÍNDICES DE REFERENCIA PARA PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS QUE DEJARON DE SER OFICIALES


INFORMACIÓN GENERAL E IMPORTANTE 
Ante las dudas que se están suscitando respecto a la continuidad de los tres índices de referencia para préstamos hipotecarios que dejaron de ser considerados oficiales para los nuevos préstamos contratados a partir de la entrada en vigor de la Orden EHA/ 2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/29/pdfs/BOE-A-2011-17015.pdf), resulta oportuno aclarar lo siguiente:
En primer término, debe indicarse que, tal y como señala la disposición transitoria única de la citada Orden, “los índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos…”, es decir que dichos índices, mientras sigan publicándose, continúan siendo índices válidos para los créditos o préstamos hipotecarios a tipo de interés variable que a la entrada en vigor de la Orden los tuvieran como índice de referencia.
Además, la Orden indica que la desaparición completa de los citados índices o tipos se producirá transcurrido un año de la entrada en vigor de la misma y su normativa de desarrollo, es decir, el 6 de octubre de 2013, pero “siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados”.
El Gobierno está trabajando en la regulación de dicho régimen de transición que estará aprobado previsiblemente antes del citado 6 de octubre de 2013. No obstante, hasta que el mismo se determine y entre en vigor, el Banco de España va a seguir publicando mensualmente, como viene haciendo hasta la fecha, el valor de dichos índices de referencia.
¿QUÉ TIPOS HAN DEJADO DE SER OFICIALES? ¿CUÁNDO?
El 29 de abril de 2012, varios tipos de interés de referencia dejaron de ser oficiales:
-Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorro (IRPH-Cajas).
-Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos (IRPH-Bancos).
-Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros (Tipo CECA).
ESTOS TIPOS QUE HAN DEJADO DE SER OFICIALES, ¿SIGUEN SIENDO APLICABLES A MI PRÉSTAMO? Sí, al menos hasta el 6 de octubre de 2013, el Banco de España va a seguir publicándolos mensualmente y estos producirán todos los efectos sobre los contratos.  Para entonces estaría aprobado un régimen de transición de estos tipos a otros que mantengan el carácter oficial.
-ESTOS TIPOS, ¿VAN A DEJARSE DE PUBLICAR EL 29 DE ABRIL DE 2013? No, la Orden obliga a su publicación, al menos, hasta un año después de la entrada en vigor de la orden y de su normativa de desarrollo. Dado que el 6 de octubre de 2012 entró en vigor una Circular del Banco de España que la desarrolla http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/06/pdfs/BOE-A-2012-9058.pdf, se seguirán publicando al menos hasta el 6 de octubre de 2013.
¿CUÁNDO SE PRODUCIRÁ LA DESAPARICIÓN COMPLETA DE ESTOS TIPOS? El Gobierno trabaja para que el 6 de octubre de 2013 se haya aprobado el régimen de transición de estos tipos.
Fuente: Tesoro Público