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viernes, 3 de enero de 2014
martes, 5 de noviembre de 2013
ÍNDICE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
Resolución de 4 de noviembre de 2013, del Banco de España, por la que se publican determinados tipos de referencia oficiales del mercado hipotecario¹.
Octubre de 2013
|
Porcentaje
|
1. Tipo de rendimiento interno en el
mercado secundario de la deuda pública de plazo entre dos y seis años
|
2,741
|
2. Referencia interbancaria a un año
(Euríbor)
|
0,541
|
3. Permuta de intereses/Interest
Rate Swap (IRS) al plazo de cinco años
|
1,251
|
4. Tipo interbancario a un año
(Míbor)2
|
0,541
|
1 La definición y forma de cálculo
de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de
junio (BOE de 6 de julio).
2 Este tipo dejó de tener la
consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las
operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la OM de 1 de
diciembre de 1999 (BOE de 4 de diciembre).
Fuente: BOE nº 265 de 05/11/2013, p.
89104 a 89104 Banco España
martes, 20 de agosto de 2013
QUE TENER EN CUENTA CUANDO SE CONTRATA PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS
Contrate sólo aquellos productos o servicios que comprenda
de manera adecuada.
Asegúrese de la fiabilidad del intermediario.
Antes de contratar un producto o servicio financiero
analice con detenimiento sus características. Compruebe que sea exactamente lo
que usted necesita.
Pida siempre toda la información por escrito, tanto si
contrata una tarjeta como si pide un préstamo hipotecario. Compruebe todo lo
que le digan.
En caso de duda acuda al organismo competente (Banco de
España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o Comisión Nacional
del Mercado de Valores).
No tire la información periódica que le remiten: ábrala y
compruebe que el producto o servicio funciona tal como usted esperaba (por
ejemplo, compruebe que le cobran las comisiones acordadas).
Fuente: cnmv y
banco españa
martes, 11 de junio de 2013
UNA EXPLICACIÓN DE LA CRISIS APALANCAMIENTO O LAVERAGE
La traducción no es buena, pero la explicación sí merece la pena. La crisis financiera a nivel internacional, tal vez vino para quedarse.¿ Podemos hacer algo ?
lunes, 27 de mayo de 2013
TRES ÍNDICES DE REFERENCIA PARA PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS QUE DEJARON DE SER OFICIALES
INFORMACIÓN GENERAL E IMPORTANTE
Ante las dudas que se están suscitando
respecto a la continuidad de los tres índices de referencia para préstamos
hipotecarios que dejaron de ser considerados oficiales para los nuevos
préstamos contratados a partir de la entrada en vigor de la Orden EHA/
2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y
protección del cliente de servicios bancarios (http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/29/pdfs/BOE-A-2011-17015.pdf),
resulta oportuno aclarar lo siguiente:
En primer término, debe indicarse que,
tal y como señala la disposición transitoria única de la citada Orden, “los
índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran
siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden,
continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos…”, es decir que
dichos índices, mientras sigan publicándose, continúan siendo índices válidos
para los créditos o préstamos hipotecarios a tipo de interés variable que a la
entrada en vigor de la Orden los tuvieran como índice de referencia.
Además, la Orden indica que la
desaparición completa de los citados índices o tipos se producirá transcurrido
un año de la entrada en vigor de la misma y su normativa de desarrollo, es
decir, el 6 de octubre de 2013, pero “siempre que en ese plazo se hubiese establecido
el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados”.
El Gobierno está trabajando en la
regulación de dicho régimen de transición que estará aprobado previsiblemente
antes del citado 6 de octubre de 2013. No obstante, hasta que el mismo se
determine y entre en vigor, el Banco de España va a seguir publicando mensualmente,
como viene haciendo hasta la fecha, el valor de dichos índices de referencia.
¿QUÉ TIPOS HAN DEJADO DE SER OFICIALES?
¿CUÁNDO?
El 29 de abril de 2012, varios tipos de
interés de referencia dejaron de ser oficiales:
-Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorro (IRPH-Cajas).
-Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorro (IRPH-Cajas).
-Tipo medio de los préstamos hipotecarios
a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los
bancos (IRPH-Bancos).
-Tipo activo de referencia de las cajas
de ahorros (Tipo CECA).
ESTOS TIPOS QUE HAN DEJADO DE SER
OFICIALES, ¿SIGUEN SIENDO APLICABLES A MI PRÉSTAMO? Sí, al menos hasta el 6 de octubre de
2013, el Banco de España va a seguir publicándolos mensualmente y estos
producirán todos los efectos sobre los contratos. Para entonces estaría aprobado un régimen de transición de estos tipos a otros que mantengan el carácter oficial.
-ESTOS TIPOS, ¿VAN A DEJARSE DE
PUBLICAR EL 29 DE ABRIL DE 2013? No, la Orden obliga a su publicación, al
menos, hasta un año después de la entrada en vigor de la orden y de su
normativa de desarrollo. Dado que el 6 de octubre de 2012 entró en vigor una
Circular del Banco de España que la desarrolla http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/06/pdfs/BOE-A-2012-9058.pdf,
se seguirán publicando al menos hasta el 6 de octubre de 2013.
¿CUÁNDO SE PRODUCIRÁ LA DESAPARICIÓN
COMPLETA DE ESTOS TIPOS? El Gobierno trabaja para que el 6 de octubre de 2013
se haya aprobado el régimen de transición de estos tipos.
Fuente: Tesoro Público
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