Los proveedores con facturas pendientes de CCAA deben
entrar en la web www.agenciatributaria.es o presencialmente en su comunidad para
comprobar que ésta ha remitido su factura al segundo tramo de la última fase
del Plan contra la Morosidad y, en caso contrario, deberán solicitar una
certificación individual para que se incluya.
Los proveedores con obligaciones pendientes de pago de las
comunidades autónomas, según los requisitos del segundo tramo de la última fase
del Plan contra la Morosidad, puesto en marcha en el Real Decreto-Ley 8/2013,
de 28 de junio, tienen desde hoy hasta el próximo 14 de noviembre para
comprobar si sus facturas están incluidas en el listado remitido por su
comunidad autónoma al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En el caso de las facturas ya incluidas en los listados
remitidos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, lo proveedores pueden
dar ya su aceptación al mecanismo de financiación por dos vías:
Vía telemática:
deberán entrar en la aplicación informática centralizada de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria www.agenciatributaria.es
Vía presencial: dirigiéndose a su comunidad autónoma y comunicando
por escrito su decisión.
En ambos casos, los proveedores deberán presentar la
siguiente información:
Aceptación.
Fecha de aceptación.
Número de cuenta corriente donde quieren que se abone el
pago, con IBAN y BIC.
Señalar la
naturaleza de la empresa, si es pyme o autónomo.
Importe del principal.
Los proveedores que observen que, cumpliendo con los
requisitos del segundo tramo de esta última fase del Plan contra la Morosidad,
sus facturas no están incluidas en los listados remitidos al Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas tienen que dirigirse a su comunidad
autónoma para solicitar su inclusión con el modelo establecido de certificado
individual o masivo.
La solicitud de este
certificado implica la aceptación del proveedor. El certificado individual se
expedirá por el interventor general de la comunidad autónoma en el plazo de
diez días hábiles desde la presentación de la solicitud. En el caso de que no se
hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.
Las comunidades autónomas que ya se adhirieron al primer
tramo del Plan contra la Morosidad, para eliminar el stock de facturas
pendientes, entran automáticamente en la segunda y última fase del mismo. Estas
comunidades autónomas son Andalucía, Aragón, Islas Baleares, Canarias,
Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Región de Murcia y Comunidad Valenciana.
Adicionalmente, se ha incorporado a este segundo tramo
Extremadura. En este segundo tramo, se
permitirá que las comunidades autónomas puedan normalizar todos sus pagos
pendientes y reducir su deuda comercial acumulada, antes de la entrada en vigor
de la nueva normativa en materia de morosidad, atendiendo al resto de
proveedores no cubiertos en el primer tramo, que se inició en junio, ya que
éste priorizó el pago de servicios básicos, como conciertos en materia
sanitaria, educativa y servicios sociales, convenios, transferencias al tercer
sector y subvenciones en I+D+I, así como todos los proveedores de las entidades
locales.
Por otro lado, una vez efectuada por las comunidades
autónomas la remisión definitiva de facturas y tras su revisión por el
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el proveedor, como novedad,
podrá descargar de la aplicación informática centralizada de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria un documento comprensivo de las facturas
susceptibles de ser abonadas en el ámbito del segundo tramo del mecanismo.