Cualquier operación ejecutada en el mercado español está gravada por una serie de costes o gastos y comisiones, que han de
estar claramente especificados en
el contrato de administración o depósito que el cliente haya firmado al momento
de abrir la cuenta de valores. La normativa vigente obliga a los intermediarios a exhibir al público sus tarifas y a remitirlas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Por
lo tanto el inversor tendrá claro, desde el primer momento, qué costes le
supone invertir en Bolsa.
Costes de
intermediación: Los costes de intermediación del mercado español están
entre los más baratos del mundo para
los inversores. Los Miembros del Mercado suelen cargar a sus clientes
individuales entre un 0,25 y un 0,35% sobre el importe efectivo de cada operación. En el
caso de brókeres que ofrecen sus
servicios a través de Internet las tarifas son
incluso inferiores. Suele incluirse un mínimo por operación.
Si el inversor acude al mercado a través de su Banco o Caja de Ahorros habitual, éste le cargará, a su vez, otra comisión de intermediación de similar cuantía.
Cánones de Bolsa: Son fijados
anualmente por la Sociedad Rectora de la Bolsa y por Iberclear, en ambos casos
el importe es proporcional al efectivo de la operación.
Los cánones de Bolsa se calculan por el efectivo negociado y la tarifa
aplicable es 1,10 euros para
operaciones inferiores a 300 euros, hasta los
13,40 euros para aquellas superiores a 140.000 euros.
Gastos de
custodia o administración de los valores: La comisión de custodia suele
oscilar alrededor del 0,25% anual sobre el
nominal de los valores custodiados, aunque a menudo se carga con periodicidad trimestral. Es frecuente incluir una comisión mínima.
Fuente: Bolsa de Madrid