Martes, 09 de febrero de 2016. El
Banco de España aprueba la circular sobre supervisión y solvencia de las entidades
de crédito.
La crisis financiera internacional produjo un cambio sustancial en
la regulación financiera, cuyo mayor exponente fue el “Marco regulador global
para reforzar los bancos y sistemas bancarios” (conocido como Basilea III). La adaptación de Basilea III al ordenamiento
jurídico de la Unión Europea tuvo lugar a través de dos normas fundamentales:
el Reglamento (UE) nº 575/2013, sobre los requisitos prudenciales de las
entidades de crédito y las empresas de inversión, y la Directiva 2013/36/UE, relativa al acceso a la actividad de las
entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito
y las empresas de inversión, cuya transposición nacional se culmina ahora.
La circular regula el régimen de las sucursales y la libre
prestación de servicios en España de entidades de crédito con sede en Estados
no miembros de la Unión Europea, establece una de las opciones regulatorias
previstas en el Reglamento (UE) n.º
575/2013 (referente a la posibilidad de que las exposiciones frente a
determinados entes del sector público reciban la misma ponderación que la administración
de la que dependen) y desarrolla de forma comprensiva los requerimientos de colchones de capital. Asimismo, recoge diversas
disposiciones relacionadas con la organización interna y la política de
remuneraciones de las entidades de crédito, con el proceso de autoevaluación del
capital que deben realizar las entidades y con el proceso de revisión
supervisora que llevará a cabo la autoridad competente. Por último, se incluyen
también algunas particularidades del tratamiento de determinados tipos de
riesgo, ciertos aspectos del régimen de supervisión adicional aplicable a los
conglomerados financieros, así como las normas de transparencia de las
entidades de crédito y sus obligaciones de información al Banco de España. (Fuente Banco de España)