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martes, 4 de abril de 2017

NORMAS DE DESARROLLO DEL MiFID II Y MiFIR NIVEL II - IMPORTANTE

El próximo 3 de enero de 2018 comenzará a aplicarse la mayor parte de las disposiciones del conjunto normativo conformado por la Directiva MiFID II y por el Reglamento MiFIR, que se encuentra ya en vigor desde el mes de julio de 2014 (el nivel I).
La Comisión Nacional del Mercado de Valores informa mediante comunicación sobre la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, el 31 de marzo, de la directiva y los reglamentos delegados que componen el grueso de su desarrollo técnico (el nivel II).
Clicar en la siguiente imagen

miércoles, 30 de diciembre de 2015

ESMA PUBLICA DIRECTRICES MIFID II SOBRE LAS PRÁCTICAS DE VENTA CRUZADA - MÁS PROTECCIÓN DE LOS INVERSORES ANTE LA MASIVA VENTA CRUZADA - SE PRETENDE UN TRATO JUSTO A LOS INVERSORES


Directrices sobre la venta cruzada bajo MiFID II
La The European Securities and Markets Authority (ESMA) ha publicado sus directrices sobre prácticas de venta cruzada bajo MiFID II, para garantizar que los inversores reciban un trato justo cuando una empresa de inversión ofrece dos o más productos o servicios financieros como parte de un paquete.
Las directrices incluyen principios sobre:
A) Mejoramiento de las revelaciones, explicaciones cuando diferentes productos se venden transversal uno con el otro.
B) Requerir a las empresas a proporcionar a los inversores toda la información pertinente de manera oportuna y clara.
C) Abordar los conflictos de intereses derivados de los modelos de remuneración.
D) Mejorar la comprensión del cliente sobre si las compras de los productos individuales se ofrecen en un paquete es posible.
Las Autoridades Europeas de Supervisión (AES), (ABE), la (AESPJ) y la (AEVM), destinados inicialmente para emitir directrices conjuntas que cubren todas las prácticas de venta cruzada que tienen lugar en los sectores bancario, de seguros y valores, dado que la venta cruzada es a menudo intersectorial, y habían consultado los interesados ​​previamente sobre esta base.
Sin embargo, a la luz de las preocupaciones legales, las AES decidieron no emitir directrices comunes sobre las prácticas de venta cruzada, pero coincidieron en que la AEVM debe emitir ESMA sólo las directrices previstas en la MiFID II con el fin de cumplir el 3 de enero 2016, fecha límite.
Si bien las directrices de la ESMA tienen en cuenta los resultados de la consulta conjunta las AES, el informe final se centra en las votaciones respecto a las prácticas de venta cruzada bajo MIFIDII. Además, las directrices se dirigen a los reguladores nacionales que supervisan las empresas que prestan servicios MiFID, cuando se involucran en prácticas de venta cruzada.
Las AES tienen la intención de informar a la Comisión Europea sobre los problemas encontrados y plantear la posibilidad de un cambio legislativo para proporcionar una base para las futuras directrices conjuntas.
Las directrices se aplicarán a partir del 03 de enero 2017.