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martes, 4 de abril de 2017

NORMAS DE DESARROLLO DEL MiFID II Y MiFIR NIVEL II - IMPORTANTE

El próximo 3 de enero de 2018 comenzará a aplicarse la mayor parte de las disposiciones del conjunto normativo conformado por la Directiva MiFID II y por el Reglamento MiFIR, que se encuentra ya en vigor desde el mes de julio de 2014 (el nivel I).
La Comisión Nacional del Mercado de Valores informa mediante comunicación sobre la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, el 31 de marzo, de la directiva y los reglamentos delegados que componen el grueso de su desarrollo técnico (el nivel II).
Clicar en la siguiente imagen

OFERTA PÚBLICA DE ACCIONES

Oferta pública de acciones. Se ofrece al público la suscripción o la adquisición de acciones de una sociedad. Será necesario que se registre el folleto informativo en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Cnmv), en la mayoría de los casos.
Si la sociedad ofrece acciones de nueva emisión por ampliación de capital, estaremos ante una Ops. Si uno o varios accionistas ofrecen vender sus acciones, estamos ante una Opv. En este caso el capital de la sociedad no varía, simplemente existe un cambio de titularidad accionarial que puede ser parcial o total.
Las sociedades acuden a estas operaciones que forman parte de su vida jurídica – económica por diferentes motivos.
Una Ops puede tener la finalidad de captar recursos para nuevos proyectos empresariales, mediante la emisión de nuevas acciones. Como potencial comprador deberé ver, estudiar y analizar esos proyectos financiados con los fondos captados a través de la Ops.
Opv,s. Cuando una sociedad tiene acciones propias (lo que se denomina autocartera), puede mediante una Opv poner este paquete en manos particulares, esto es, repartidas entre el público inversor. En las Opv,s de autocartera, lógicamente, la oferta pública no es realizada por los accionistas, sino por la sociedad.
Un típico caso de Opv, es aquel que un accionista representativo /significativo quiere deshacerse de una parte o de todo su paquete accionarial.
Por una exigencia legal. Una sociedad quiera cotizar en bolsa, necesita cumplir con ciertos requisitos legales como “que por lo menos el 25% de las acciones para las que se solicita admisión a cotizar en la bolsa, estén repartidas entre el público en general”. Estamos ante una Opv, necesaria para cumplir con la regulación de admisión.
Antes de tomar decisiones de acudir a las Op,s deberemos inexcusablemente consultar el folleto informativo, resumen de la oferta. Deberán aparecer las características de la operación, el riesgo, etc. En la actualidad es súper fácil ver estos documentos en las Webs de las sociedades y en la de la Cnmv. Jamás firme una orden para acudir a una oferta pública sin consultar con anterioridad el folleto informativo.
Run, run y rumorología. Desde el anuncio de la oferta pública y durante la colocación aparecen un sinfín de noticias, opiniones e informaciones no contrastadas. Suele ser imprudente realizar una operación de este tipo basado en rumores a los que damos categoría de noticia contrastada.
Reserva de mandato. Personalmente no soy partidario de la reserva de mandato para cuando empiece el período de contratación. Si optamos por reservar, sería deseable contrastar las condiciones definitivas de la operación, antes de confirmar la orden. Mientras el folleto no esté registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, puede haber modificaciones sustanciales en la oferta pública. Atentos.
Inflado de la petición. En nuestra entidad financiera o en otros intermediarios, a veces, nos recomiendan la solicitud de un importe superior al deseado para compensar la posibilidad de prorrateo ante la excesiva demanda. No recomiendo el inflado.
En ocasiones ocurre que hay menos peticiones de la previstas o se aumenta el número de acciones para el tramo minorista, provocando la adjudicación de más títulos de los deseados.
Comisiones. Elegir la entidad es importante por el importe de las comisiones. Recabaremos información del importe de las comisiones que suponen realizar la operación y su posterior depósito, administración, etc.

jueves, 26 de noviembre de 2015

ABENGOA SE DESPLOMA EN BOLSA - SERÁ EXCLUIDA DEL IBEX 35 - SOLICITA EL PRECONCURSO DE ACREEDORES - COMUNICACIÓN DE GONVARRI

Píldora Abengoa se desploma en bolsa. Será excluida del Ibex 35
El Ibex 35 sube en el día de hoy. Los inversores esperan noticias del Banco Central Europeo, después de la reunión que se celebrará la próxima semana.
Abengoa, una de las empresas más representativas de las puertas giratorias, se dejaba en el día de hoy un 40%, después de perder en la sesión anterior un 54%. La empresa de ingeniería sevillana, endeudada hasta la médula, trata de refinanciar deudas con la banca. Se ha visto en la necesidad de solicitar el preconcurso de areedores para intentar conseguir la supervivencia de la Compañía, mediante un convenio negociado en los próximos meses que evite entrar en el concurso de acreedores. El precio de la acción se situó en 0,2520 euros. Será excluida del Selectivo Español.
El grupo vasco Gestamp decidió no acudir a la ampliación de capital, lo que hubiera supuesto un balón de oxígeno y de esperanza para empleados, accionistas y bonistas.  


miércoles, 5 de marzo de 2014

MINISTERIO ECONOMÍA - ANTEPROYECTO FOMENTO FINANCIACIÓN EMPRESARIAL - POLÍTICAS - INVERSIÓN DE IBERDROLA

El Consejo de Ministros aprobó el 28 de febrero de 2014 el Anteproyecto de Ley para el Fomento de la Financiación Empresarial en un intento desesperado de que los recursos financieros lleguen a las pymes y micro pymes y apuntalar las fuentes de financiación directa. Parecen razonables los aspectos que se tratan en este Anteproyecto de Ley. No parece razonable la forma de legislar, parcheando nuestra economía, con medidas coyunturales que intentan corregir deficiencias estructurales. ¿Cuál es nuestro modelo económico? ¿Cómo vamos a conseguir valor añadido? ¿Y el modelo productivo?  Nada de nada. Y para más inri, se presentan en exterior resultados empresariales (empresa domiciliada en España)  anunciando a bombo y platillo que sus planes de inversión a futuro serán mayoritarios fuera de nuestras fronteras.
La inversión se centrará en marcos regulatorios estables, predecibles y con perspectiva de crecimiento" "Iberdrola es más británica, americana y mexicana que española en este momento”.  (Presidente de Iberdrola)
De los 9.600 millones de € de inversión hasta 2016, España recibirá 1.500 millones de € (un 15% más/menos).  Un ejemplo más. El Presidente de Iberdrola se quejó amargamente de la Reforma Energética del actual Gobierno. Más parches. Se necesita una nueva política energética, consensuada por todas las partes y que venga para quedarse y dar estabilidad jurídica. Marco jurídico estable como le reclama el Sr.Ignacio Sánchez Galán. ¿una amenaza o un aviso a navegantes?
Tampoco tarifas planas para dos o tres años (otro parche). Otra medida coyuntural para resolver un gravísimo problema estructural de mercado laboral español.
Siguiendo con las medidas previstas en este Anteproyecto de Ley de mejora de la financiación de las pymes, destacan básicamente los siguientes aspectos:
Sistema de preaviso por parte de las entidades de crédito.
Se obliga a las entidades de crédito a ofrecer preavisos de al menos tres meses e información específica sobre la situación crediticia de aquellas pymes cuya financiación vaya a ser cancelada o notablemente reducida.
Mejora del funcionamiento de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).
 Se establece que el reaval de CERSA (Compañía Española de Reafinanciamiento) se active ante el acreedor en caso de incumplimiento de la SGR tras el primer requerimiento. Adicionalmente, en aras de fortalecer la gestión, profesionalidad y buen gobierno de las SGR se extenderán a sus directivos los requisitos de honorabilidad, conocimiento y experiencia propios de las entidades de crédito.
Régimen jurídico específico para los establecimientos financieros de crédito.
Se dotará a estas entidades del marco jurídico más eficaz para mantener y potenciar su actividad. Estarán plenamente orientadas a la financiación empresarial y del consumo por canales alternativos a los estrictamente bancarios.
Mejora de la regulación de las titulizaciones en España.
Se propone la adopción de reformas con un doble objetivo. Por una parte, se trata de flexibilizar el régimen jurídico de las titulizaciones para adecuar este instrumento a las actuales demandas del mercado financiero, en línea con los países más avanzados en la materia. Se persigue además aportar la máxima seguridad jurídica y dar respaldo legal a la operativa habitual en el ámbito de las titulizaciones.
 Potenciar el funcionamiento del Mercado Alternativo Bursátil (MAB).
Se trata de facilitar el tránsito de las sociedades desde la Bolsa hacia este sistema alternativo de negociación. Para ello se sustituirá el requisito de presentar una opa de exclusión por otro mecanismo menos oneroso, que garantice una adecuada protección de los inversores minoritarios. Se flexibiliza el tránsito desde el propio MAB hacia la Bolsa de aquellas compañías cuyo desarrollo y crecimiento exige la cotización en este mercado oficial.
Mejora del régimen de emisión de obligaciones.
Se introducen diferentes medidas en la regulación mercantil, tendentes a facilitar el acceso directo de las compañías españolas a los mercados de deuda mediante la eliminación de límites a la emisión de obligaciones.
 Regulación del crowdfunding.
En línea con las consultas realizadas en otros países de nuestro entorno, se incluye en el Anteproyecto de Ley una propuesta preliminar de regulación en la que se fijan las condiciones para el funcionamiento de este nuevo sistema, basado en plataformas electrónicas que contactan directamente inversores y proyectos. El objetivo es impulsar una nueva herramienta de financiación directa de proyectos empresariales en sus fases iniciales de desarrollo, al tiempo que se protege a los inversores. Para ello, se fijan las obligaciones de estas plataformas garantizando que sean transparentes y que los inversores dispongan de información suficiente. Se fijan límites por inversor tanto por proyecto (3.000 €) como por plataforma (6.000 € por año).
Entidades de Capital Riesgo (ECR)
Introduce mejoras que permitirán el mayor desarrollo de este canal de financiación de empresas. En particular a través de la creación de las ECR-Pyme se promueve la financiación mediante instrumentos de capital y deuda de las empresas en sus primeras etapas de desarrollo y expansión. Este tipo de entidades invertirán al menos un 70% de su patrimonio en pymes, además de participar en la gestión y aportar asesoramiento. Se beneficiarán de un régimen financiero más flexible que el de las entidades de capital-riesgo tradicionales ya que podrán hacer un mayor uso de instrumentos financieros de deuda.
Fuente: Ministerio Economía

miércoles, 26 de febrero de 2014

LÍNEAS ICO - ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2014 - INVERSIONES PRODUCTIVAS EN ESPAÑA

Ministerio de Economía y Competitividad, a través del ICO (Instituto de Crédito Oficial), vuelve a lanzar las líneas de crédito para empresas y emprendedores. Líneas ICO que ofrecen financiación orientada a todas aquellas empresas, autónoma y entidades públicas y privadas, ya sean españolas o extranjeras, pero como condición indispensable es que realicen las inversiones productivas dentro del territorio nacional.
La entidad de crédito en la que se presente la solicitud será la que decidirá sobre la concesión de la financiación. Relación de entidades:
NOVAGALICIA BANCO,BANCO SABADELL, BANKIA, BA NKINTER, BBVA, C. A. DE ONTINYENT, CAJA DE INGENIEROS, CAJA RURAL CORDOBA, CAJA RURAL DE ASTURIAS, CAJA RURAL DE TERUEL, CAJA RURAL DE ZAMORA, CAJA RURAL DEL SUR, CAJA RURAL EXTREMADURA, CAJA RURAL, NAVARRA,CAJAMAR CAJA RURAL, CAJASIETE, GLOBALCAJA, IBERCAJA, LA CAIXA, LABORAL KUTXA, LIBERBANK S.A.,SANTANDER, SANTANDER CONSUMER FINANCE, TARGOBANK.

lunes, 24 de febrero de 2014

MINISTERIO ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD - SUBASTA DE LIQUIDEZ TESORO PÚBLICO - DEUDA ESTADO

El Ministro de Economía y Competitividad, mediante el artículo 19.1 de la Orden ECC/1/2014, de 2 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2014 y enero de 2015 y se recogen las Cláusulas de Acción Colectiva normalizadas, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera a realizar operaciones de compraventa doble, o simultáneas, para facilitar la gestión de la liquidez del Tesoro Público. Estas operaciones se han de concertar mediante subasta convocada por resolución de esta Secretaría General.
En su virtud, dispongo:
Convocatoria.
Se convoca subasta de liquidez para la concertación de operaciones de compraventa doble con los siguientes detalles:
Fecha de celebración de la subasta: Viernes, 28 de febrero de 2014.
Período de vigencia del resultado: Del 5 de marzo al 2 de abril de 2014.
Duración de las operaciones: El plazo de cada operación concertada coincidirá con el período de vigencia del resultado de la subasta.
Términos y condiciones.
La subasta y las operaciones que se concierten estarán sometidas a lo dispuesto en la Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones generales aplicables a las operaciones de adquisición temporal de activos para la gestión de la liquidez del Tesoro Público en el Banco de España y por la que se regula el procedimiento para su concertación.
Condiciones adicionales o especialidades.
No se admitirán como activos de las operaciones aquellos valores que generen rendimientos explícitos durante el período de vigencia de las operaciones, tales como pagos de intereses, primas, amortizaciones u otros.
No obstante lo dispuesto en el apartado decimotercero, párrafo segundo, de la Resolución de 12 de diciembre de 2013, la devolución de activos que corresponda realizar al Tesoro Público únicamente afectará a aquellos que hayan sido aportados libres de pago.
Madrid, 21 de febrero de 2014.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera.(Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero)
Fuente: BOP 24-02-2014, Sección III Otras disposiciones

martes, 24 de septiembre de 2013

LÍNEA ICO COMERCIO MINORISTA 2013


Muchos autónomos y pymes lo están pasando fatal; el consumo interno está hecho unos zorros y los flujos de financiación a este segmento es deficiente. El ICO tiene una línea abierta para el comercio minorista para el 2013. Será aplicable para las actividades encuadradas en los epígrafes 45 o 47 del CNAE. Su finalidad es dar liquidez y financiar inversión productiva en las modalidades de préstamo o leasing. Se podrán formalizar operaciones hasta el día 16 de diciembre de 2013.