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martes, 4 de abril de 2017

OFERTA PÚBLICA DE ACCIONES

Oferta pública de acciones. Se ofrece al público la suscripción o la adquisición de acciones de una sociedad. Será necesario que se registre el folleto informativo en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Cnmv), en la mayoría de los casos.
Si la sociedad ofrece acciones de nueva emisión por ampliación de capital, estaremos ante una Ops. Si uno o varios accionistas ofrecen vender sus acciones, estamos ante una Opv. En este caso el capital de la sociedad no varía, simplemente existe un cambio de titularidad accionarial que puede ser parcial o total.
Las sociedades acuden a estas operaciones que forman parte de su vida jurídica – económica por diferentes motivos.
Una Ops puede tener la finalidad de captar recursos para nuevos proyectos empresariales, mediante la emisión de nuevas acciones. Como potencial comprador deberé ver, estudiar y analizar esos proyectos financiados con los fondos captados a través de la Ops.
Opv,s. Cuando una sociedad tiene acciones propias (lo que se denomina autocartera), puede mediante una Opv poner este paquete en manos particulares, esto es, repartidas entre el público inversor. En las Opv,s de autocartera, lógicamente, la oferta pública no es realizada por los accionistas, sino por la sociedad.
Un típico caso de Opv, es aquel que un accionista representativo /significativo quiere deshacerse de una parte o de todo su paquete accionarial.
Por una exigencia legal. Una sociedad quiera cotizar en bolsa, necesita cumplir con ciertos requisitos legales como “que por lo menos el 25% de las acciones para las que se solicita admisión a cotizar en la bolsa, estén repartidas entre el público en general”. Estamos ante una Opv, necesaria para cumplir con la regulación de admisión.
Antes de tomar decisiones de acudir a las Op,s deberemos inexcusablemente consultar el folleto informativo, resumen de la oferta. Deberán aparecer las características de la operación, el riesgo, etc. En la actualidad es súper fácil ver estos documentos en las Webs de las sociedades y en la de la Cnmv. Jamás firme una orden para acudir a una oferta pública sin consultar con anterioridad el folleto informativo.
Run, run y rumorología. Desde el anuncio de la oferta pública y durante la colocación aparecen un sinfín de noticias, opiniones e informaciones no contrastadas. Suele ser imprudente realizar una operación de este tipo basado en rumores a los que damos categoría de noticia contrastada.
Reserva de mandato. Personalmente no soy partidario de la reserva de mandato para cuando empiece el período de contratación. Si optamos por reservar, sería deseable contrastar las condiciones definitivas de la operación, antes de confirmar la orden. Mientras el folleto no esté registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, puede haber modificaciones sustanciales en la oferta pública. Atentos.
Inflado de la petición. En nuestra entidad financiera o en otros intermediarios, a veces, nos recomiendan la solicitud de un importe superior al deseado para compensar la posibilidad de prorrateo ante la excesiva demanda. No recomiendo el inflado.
En ocasiones ocurre que hay menos peticiones de la previstas o se aumenta el número de acciones para el tramo minorista, provocando la adjudicación de más títulos de los deseados.
Comisiones. Elegir la entidad es importante por el importe de las comisiones. Recabaremos información del importe de las comisiones que suponen realizar la operación y su posterior depósito, administración, etc.