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martes, 4 de abril de 2017

OFERTA PÚBLICA DE ACCIONES

Oferta pública de acciones. Se ofrece al público la suscripción o la adquisición de acciones de una sociedad. Será necesario que se registre el folleto informativo en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Cnmv), en la mayoría de los casos.
Si la sociedad ofrece acciones de nueva emisión por ampliación de capital, estaremos ante una Ops. Si uno o varios accionistas ofrecen vender sus acciones, estamos ante una Opv. En este caso el capital de la sociedad no varía, simplemente existe un cambio de titularidad accionarial que puede ser parcial o total.
Las sociedades acuden a estas operaciones que forman parte de su vida jurídica – económica por diferentes motivos.
Una Ops puede tener la finalidad de captar recursos para nuevos proyectos empresariales, mediante la emisión de nuevas acciones. Como potencial comprador deberé ver, estudiar y analizar esos proyectos financiados con los fondos captados a través de la Ops.
Opv,s. Cuando una sociedad tiene acciones propias (lo que se denomina autocartera), puede mediante una Opv poner este paquete en manos particulares, esto es, repartidas entre el público inversor. En las Opv,s de autocartera, lógicamente, la oferta pública no es realizada por los accionistas, sino por la sociedad.
Un típico caso de Opv, es aquel que un accionista representativo /significativo quiere deshacerse de una parte o de todo su paquete accionarial.
Por una exigencia legal. Una sociedad quiera cotizar en bolsa, necesita cumplir con ciertos requisitos legales como “que por lo menos el 25% de las acciones para las que se solicita admisión a cotizar en la bolsa, estén repartidas entre el público en general”. Estamos ante una Opv, necesaria para cumplir con la regulación de admisión.
Antes de tomar decisiones de acudir a las Op,s deberemos inexcusablemente consultar el folleto informativo, resumen de la oferta. Deberán aparecer las características de la operación, el riesgo, etc. En la actualidad es súper fácil ver estos documentos en las Webs de las sociedades y en la de la Cnmv. Jamás firme una orden para acudir a una oferta pública sin consultar con anterioridad el folleto informativo.
Run, run y rumorología. Desde el anuncio de la oferta pública y durante la colocación aparecen un sinfín de noticias, opiniones e informaciones no contrastadas. Suele ser imprudente realizar una operación de este tipo basado en rumores a los que damos categoría de noticia contrastada.
Reserva de mandato. Personalmente no soy partidario de la reserva de mandato para cuando empiece el período de contratación. Si optamos por reservar, sería deseable contrastar las condiciones definitivas de la operación, antes de confirmar la orden. Mientras el folleto no esté registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, puede haber modificaciones sustanciales en la oferta pública. Atentos.
Inflado de la petición. En nuestra entidad financiera o en otros intermediarios, a veces, nos recomiendan la solicitud de un importe superior al deseado para compensar la posibilidad de prorrateo ante la excesiva demanda. No recomiendo el inflado.
En ocasiones ocurre que hay menos peticiones de la previstas o se aumenta el número de acciones para el tramo minorista, provocando la adjudicación de más títulos de los deseados.
Comisiones. Elegir la entidad es importante por el importe de las comisiones. Recabaremos información del importe de las comisiones que suponen realizar la operación y su posterior depósito, administración, etc.

viernes, 21 de marzo de 2014

MIFID - PREGUNTAS Y RESPUESTAS - TEST DE IDONEIDAD - COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

La  MIFID es una Directiva europea que existe desde el mes de noviembre del 2007, que tiene la finalidad de proteger a los clientes de las entidades financieras. Pienso en los clientes minoristas que siguen siendo los más desprotegidos y esta Directiva trata de equilibrar la relación entre entidades y clientes, evitando vicios ocultos, como la adaptación del test al producto objeto de comercialización. Quizás el test de idoneidad lo debería realizar un organismo público al que acceder para ver un perfil, previa autorización del cliente. Nos hubiéramos evitado muchos disgustos y problemas. Los objetivos de la MIFID son fenomenales: Incrementar la competencia entre entidades, facilitando la diversidad en el catálogo de productos, tener un marco legal y homogéneo en el espacio económico en el que estamos integrados y sobretodo incrementar en grado superlativo la seguridad de los clientes, facilitando todo tipo de detalles y transparencia en la información.
Todo lo dicho está niquelado y queda de vicio; la realidad es otra. Es la banca de inversión lo que predomina, una banca que no crea valor añadido. Especula y especula en los nichos de debilidad (ausente de ética) y se está llevando a su paso a la banca comercial, la que a mí me gusta y que sirve para crear valor añadido y ser intermediaria entre ahorradores y los demandantes de créditos. Un reparto de la riqueza dineraria entre todos los actores de una economía a precios razonables.
Como esta ida es una utopía, dejo un folleto de preguntas y respuestas publicado por la cnmv como ideario a la hora de tomar decisiones sobre un bien escasísimo y vergonzosamente mal distribuido: el dinero.

miércoles, 19 de marzo de 2014

ORDEN DE TRANSPASO EN EFECTIVO - OTE - SEPA - SUPRESIÓN DE LAS OTEs - BANCO ESPAÑA - SERVICIOS BANCARIOS A CLIENTES

La Orden de Traspaso de Efectivo, habitualmente conocida por su abreviatura OTE, es una operación bancaria que permite traspasar fondos entre dos cuentas pertenecientes a un mismo titular en dos entidades distintas. La operación es iniciada, por cuenta del cliente, por el banco destinatario del dinero, al revés que en las transferencias, en las que la orden de envío se hace desde el banco en el que se encuentran los fondos salientes. 
Este tipo de órdenes era habitualmente gratuito para el cliente, pues aunque la operación suponía un coste para el banco emisor, éste no solía repercutirlo al ordenante. No obstante, algunos bancos que establecieron comisiones por las OTEs recibidas en sus cuentas.
En cuanto a su configuración o articulación actual, conforme al Plan de Acción para la migración a los adeudos directos y las transferencias SEPA en España, desde el 1 de febrero de 2014 ya no se tramitan las OTEs a través del SNCE, la infraestructura que procesa las operaciones que las entidades se intercambian por cuenta de sus clientes. Esta circunstancia equivale a la supresión definitiva de las OTEs, que coincide, así, con la fecha límite inicialmente fijada en el Reglamento 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2012 por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y  se modifica el Reglamento 924/2009. Fuente: BE

martes, 20 de agosto de 2013

QUE TENER EN CUENTA CUANDO SE CONTRATA PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS

Contrate sólo aquellos productos o servicios que comprenda de manera adecuada.
Asegúrese de la fiabilidad del intermediario.    
Antes de contratar un producto o servicio financiero analice con detenimiento sus características. Compruebe que sea exactamente lo que usted necesita.
Pida siempre toda la información por escrito, tanto si contrata una tarjeta como si pide un préstamo hipotecario. Compruebe todo lo que le digan.
En caso de duda acuda al organismo competente (Banco de España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o Comisión Nacional del Mercado de Valores).
No tire la información periódica que le remiten: ábrala y compruebe que el producto o servicio funciona tal como usted esperaba (por ejemplo, compruebe que le cobran las comisiones acordadas).
Fuente: cnmv y banco españa