Directrices sobre la
venta cruzada bajo MiFID II
La The European
Securities and Markets Authority (ESMA) ha publicado sus directrices sobre prácticas de venta cruzada bajo MiFID II, para garantizar
que los inversores reciban un trato justo cuando una empresa de inversión
ofrece dos o más productos o servicios financieros como parte de un paquete.
Las directrices
incluyen principios sobre:
A) Mejoramiento de las
revelaciones, explicaciones cuando diferentes productos se venden transversal uno con el
otro.
B) Requerir a las empresas a
proporcionar a los inversores toda la información pertinente de manera
oportuna y clara.
C) Abordar los conflictos de
intereses derivados de los modelos de remuneración.
D) Mejorar la comprensión
del cliente sobre si las compras de los productos individuales se ofrecen
en un paquete es posible.
Las Autoridades
Europeas de Supervisión (AES), (ABE), la (AESPJ) y la (AEVM), destinados inicialmente para
emitir directrices conjuntas que cubren todas
las prácticas de venta cruzada que tienen lugar en los sectores bancario, de
seguros y valores, dado que la venta cruzada es a menudo intersectorial, y
habían consultado los interesados previamente sobre esta base.
Sin embargo, a la luz de las preocupaciones legales, las AES
decidieron no emitir directrices comunes sobre las prácticas de venta cruzada,
pero coincidieron en que la AEVM debe emitir ESMA sólo las directrices previstas en la MiFID II con el fin de
cumplir el 3 de enero 2016, fecha límite.
Si bien las directrices de la ESMA tienen en cuenta los resultados
de la consulta conjunta las AES, el informe final se centra en las votaciones
respecto a las prácticas de venta cruzada bajo MIFIDII. Además, las directrices
se dirigen a los reguladores nacionales que supervisan las empresas que prestan
servicios MiFID, cuando se involucran en prácticas de venta cruzada.
Las AES tienen la intención de informar a la Comisión Europea sobre
los problemas encontrados y plantear la posibilidad de un cambio legislativo
para proporcionar una base para las futuras directrices conjuntas.
Las directrices se
aplicarán a partir del 03 de enero 2017.