VISITAS AL BLOG

Mostrando entradas con la etiqueta TRIBUTOS. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta TRIBUTOS. Mostrar todas las entradas

jueves, 10 de diciembre de 2015

ESPAÑA ES EL CUARTO PAÍS DEL MUNDO CON MÁS PRESIÓN FISCAL

Estimados lectores: ESPAÑA EL CUARTO PAIS QUE MÁS IMPUESTOS PAGAN SUS TRABAJADORES. UNA PRESIÓMN FISCAL DEL 52%
La Agencia Tributaria Española le pega un tajo brutal a la renta de los trabajadores. Los servicios no se corresponden con el hachazo. Un esfuerzo brutal, con el 52% mientras que las grandes compañías se lo llevan crudo, sin esfuerzo fiscal. El Gobierno mira para otro lado.
Suecia encabeza la lista con una tasa impositiva friolera de 56,86%, seguido de cerca por el vecino país de Dinamarca (56,22%), Francia (54,01%) y España (52%)
Fuente: World Economic Forum

lunes, 23 de noviembre de 2015

MÓDULOS APLICABLES EN EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IVA Y EN EL RÉGIMEN DE ESTIMACIÓN OBJETIVA DEL IRPF PARA EL AÑO 2016

El 18 de noviembre de 2015 se ha publicado en el BOE la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se incluyen las siguientes novedades:
Nuevas magnitudes excluyentes de carácter general:
Volumen de ingresos en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. Se computarán la totalidad de las operaciones, exista o no obligación de expedir factura. Las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario, no podrán superar 125.000 euros.
Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.
Volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, superior a 250.000 euros.
Nuevas magnitudes excluyentes específicas: para las actividades de transporte de mercancías por carretera (epígrafe 722) y los servicios de mudanzas (epígrafe 757) el límite disminuye de 5 a 4 vehículos cualquier día del año.
Exclusión de las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE sujetas a retención del 1% en 2015.
Respecto al Impuesto sobre el Valor Añadido, se mantienen para 2016 los importes de los módulos aplicables para el 2015 así como la reducción establecida para las actividades desarrolladas en Lorca.
Respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
Con excepción de las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas a las que sea de aplicación la retención del 1 por ciento prevista en el artículo 101.5 d) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (mencionadas anteriormente), se mantienen el resto de las actividades que son susceptibles de estar incluidas en el método de estimación objetiva del IRPF a las que les serán de aplicación, según cada caso, el régimen simplificado, el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca o el régimen del recargo de equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se mantiene para el ejercicio 2016 la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos prevista en la disposición adicional trigésima sexta de la LIRPF.
Asimismo, se mantiene la reducción sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para las actividades económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.
La cuantía de los módulos y los índices de rendimiento neto de las actividades se mantienen para el 2016. No obstante, se modifican los índices aplicables al cultivo de la patata y la ganadería de bovino de leche que son objeto de rebaja. (Fuente Agencia Tributaria)
http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Le_Interesa/2015/Cuadro_comparativo_EO_RS.pdf
PINCHAR EN LA IMAGEN 
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-12437
PINCHAR EN LA IMAGEN

lunes, 2 de noviembre de 2015

HACIENDA HARÁ PUBLICO EL LISTADO DE DEUDORES A PARTIR DE DICIEMBRE DE 2015 - PUBLICADA ORDEN EN EL BOE DE 24 DE OCTUBRE DE 2015

Lunes, 02 de noviembre de 2015. La fecha de publicación del primer listado de deudores a la Hacienda Pública se realizará a partir del 1 de diciembre de 2015.
El primer listado saldrá el día uno de diciembre de 2015.
La referencia será a 31 de julio de 2015.
El listado incorporará los siguientes los campos necesarios que permitan identificar al deudor: nombre, apellidos y nif, si es persona física y por su razón o denominación social completa, y nif, si es una persona jurídica o entidad del artículo 35.4 Ley General Tributaria (Herencias yacentes, Comunidades de bienes……), identificación a la que se asociará el importe del total de deudas y sanciones debidas a fecha de referencia, en cómputo global, sin desgloses.
PINCHAR EN IMAGEN PARA VER ORDEN PUBLICADA EN EL BOE

martes, 6 de octubre de 2015

LEY GENERAL TRIBUTARIA 34/2015 - COMPARATIVA

Comparativa Ley General Tributaria 34/2015. Bastantes modificaciones. Modificación parcial.
Con el fin de facilitar el alcance y contenido de las principales modificaciones que se han producido con la publicación en el BOE de 22 de septiembre de 2015 de la Ley 34/2015, por la que se modifica la Ley 58/2003, General Tributaria, la Agencia Tributaria facilita un cuadro donde se compara la normativa actual con la modificada por la nueva Ley.


NOVEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS - REAL DECRETO 633/2015 DEL 10 DE JULIO

Principales Novedades en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas. Modificaciones introducidas recientemente (mes julio pasado) mediante el Real Decreto 633/2015 que modifica el Reglamento del IRPF.

miércoles, 15 de julio de 2015

NOVEDADES TRIBUTARIAS EN EL IRPF 2015 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Miércoles, 14 de julio de 2015
Novedades Tributarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con efectos del 01 de enero de 2015, con la finalidad de reducir la carga tributaria soportada principalmente por los contribuyentes sometidos al IRPF.  REAL DECRETO-LEY 9/2015, DE 10 DE JULIO
Pinchar en la imagen

jueves, 25 de junio de 2015

IMPUESTO SOBRE LOS DEPÓSITOS DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO. MODELO 411 Y MODELO 410

Jueves, 25 de junio de 2015.
Se aprueba un nuevo modelo de recaudación de impuestos. Aparece publicado en el Boletín Oficial de Estado de 25 de junio de 2015.
Se trata del Modelo 411Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación”.
Su presentación será únicamente en formato electrónico
Fecha de presentación entre el 01 de 31 de julio del año siguiente a aquel que coincida con el período impositivo.
Pinchar en la imagen para ver el contenido de esta Orden.

martes, 19 de mayo de 2015

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE LAS TASAS JUDICIALES

Con fecha 11 de mayo se ha publicado en el BOE la Orden HAP/861/2015, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan lugar, forma, plazos y procedimientos de presentación.
PINCHAR EN LA IMAGEN PARA Orden HAP/861/2015, de 7 de mayo
http://www.boe.es/boe/dias/2015/05/12/pdfs/BOE-A-2015-5225.pdf
Fuente: BOE

domingo, 17 de mayo de 2015

AGENCIA TRIBUTARIA - DETECTADO SERVICIO FALSO AJENO A LA ADMINISTRACIÓN DE HACIENDA ESPAÑOLA - NATALIA M. KING

Detectado nuevo servicio telefónico de cita previa ajeno a la Agencia Tributaria (11847)
Se ha detectado que determinados números de teléfono, como es el caso del 11847, ofrecen la posibilidad de concertar cita previa para la confección de declaraciones o la modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria quiere dejar constancia de que este número de teléfono es totalmente ajeno a la misma y que, además de suponer elevados costes de tarificación para los usuarios, las citas que se obtengan a través de dicho número podrían no ser válidas y por lo tanto no atenderse.
La Agencia Tributaria recuerda una vez más que el teléfono del servicio de cita previa es el 901 22 33 44, y que a través de este número el usuario solo asumirá el coste compartido de la llamada a un número 901. También podrá concertar cita previa, de forma gratuita, a través de Internet. Fuente: Agencia Tribubaria

miércoles, 31 de diciembre de 2014

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS - MODELO 143 ABONO ANTICIPADO FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACITADAS

Miércoles, 31 de diciembre de 2014. MODELO 143 SOLICITUD ABONO ANTICIPADO A CARGO IRPF
Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y formas de presentación.
Pinchar imagen para acceder al contenido: Boletín Oficial del Estado (31-12-2014)

DECLARACIÓN CENSAL - ACTIVIDADES PROFESIONALES Y EMPRESARIALES - MODELO 036 GENERAL Y MODELO 037 SIMPLIFICADO

Miércoles, 31 de diciembre de 2014. Declaraciones censales de Hacienda Española
El Boe publica en el día de hoy la Orden HAP/2484/2014, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Se utilizará uno u otro, en función de las actividades.
Pinchar imagen para acceder al contenido: Boletín Oficial del Estado (31-12-2014)

lunes, 20 de octubre de 2014

RENTAS OBTENIDAS EN EL EXTRANJERO: FINLANDIA - ITALIA - NORUEGA - PORTUGAL - RUSIA - SUECIA

RENTAS OBTENIDAS EN EL EXTRANJERO: RESIDENTES FISCALES EN ESPAÑA CON RENTAS PROCEDENTES DE LOS SIGUIENTES PAISES:
Finlandia - ItaliaNoruega -  Portugal -  Rusia -  Suecia (pinchar en países)