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miércoles, 23 de diciembre de 2015
jueves, 10 de diciembre de 2015
ESPAÑA ES EL CUARTO PAÍS DEL MUNDO CON MÁS PRESIÓN FISCAL
Estimados lectores: ESPAÑA EL CUARTO PAIS QUE MÁS IMPUESTOS PAGAN
SUS TRABAJADORES. UNA PRESIÓMN FISCAL DEL 52%
La Agencia Tributaria Española le pega un tajo brutal a la renta de
los trabajadores. Los servicios no se corresponden con el hachazo. Un esfuerzo
brutal, con el 52% mientras que las
grandes compañías se lo llevan crudo, sin esfuerzo fiscal. El Gobierno mira
para otro lado.
Suecia encabeza la lista con una tasa impositiva friolera de
56,86%, seguido de cerca por el vecino país de Dinamarca (56,22%), Francia
(54,01%) y España (52%)
Fuente: World Economic Forum |
lunes, 23 de noviembre de 2015
MÓDULOS APLICABLES EN EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IVA Y EN EL RÉGIMEN DE ESTIMACIÓN OBJETIVA DEL IRPF PARA EL AÑO 2016
El 18 de noviembre
de 2015 se ha publicado en el BOE la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre,
por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado
del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se incluyen las
siguientes novedades:
Nuevas magnitudes excluyentes de carácter general:
Volumen de ingresos
en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros para el
conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y
forestales. Se computarán la totalidad de las operaciones, exista o no
obligación de expedir factura. Las operaciones en las que exista obligación de
expedir factura cuando el destinatario sea empresario, no podrán superar 125.000 euros.
Volumen de ingresos
para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.
Volumen de compras
en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones
de inmovilizado, superior a 250.000 euros.
Nuevas magnitudes excluyentes específicas: para las actividades de
transporte de mercancías por carretera (epígrafe
722) y los servicios de mudanzas (epígrafe
757) el límite disminuye de 5 a 4 vehículos cualquier día del año.
Exclusión de las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5
de la sección primera de las Tarifas del IAE sujetas a retención del 1% en 2015.
Respecto al Impuesto
sobre el Valor Añadido, se mantienen para 2016 los importes de los módulos
aplicables para el 2015 así como la reducción establecida para las actividades
desarrolladas en Lorca.
Respecto al Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas:
Con excepción de las
actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las
Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas a las que sea de aplicación
la retención del 1 por ciento prevista en el artículo 101.5 d) de la Ley del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas (mencionadas anteriormente), se mantienen el
resto de las actividades que son susceptibles de estar incluidas en el método
de estimación objetiva del IRPF a las que les serán de aplicación, según cada
caso, el régimen simplificado, el régimen especial de la agricultura, ganadería
y pesca o el régimen del recargo de equivalencia del Impuesto sobre el Valor
Añadido.
Se mantiene para el
ejercicio 2016 la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento
neto de módulos prevista en la disposición adicional trigésima sexta de la
LIRPF.
Asimismo, se
mantiene la reducción sobre el rendimiento neto calculado por el método de
estimación objetiva para las actividades económicas desarrolladas en el término
municipal de Lorca.
La cuantía de los
módulos y los índices de rendimiento neto de las actividades se mantienen para
el 2016. No obstante, se modifican los índices aplicables al cultivo de la
patata y la ganadería de bovino de leche que son objeto de rebaja. (Fuente Agencia Tributaria)
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lunes, 2 de noviembre de 2015
HACIENDA HARÁ PUBLICO EL LISTADO DE DEUDORES A PARTIR DE DICIEMBRE DE 2015 - PUBLICADA ORDEN EN EL BOE DE 24 DE OCTUBRE DE 2015
Lunes, 02 de noviembre de 2015. La fecha de publicación del primer listado de deudores a la Hacienda
Pública se realizará a partir del 1 de diciembre de 2015.
El primer listado saldrá
el día uno de diciembre de 2015.
La referencia será a
31 de julio de 2015.
El listado incorporará los siguientes los campos necesarios que permitan
identificar al deudor: nombre, apellidos y nif, si es persona física y por su
razón o denominación social completa, y nif, si es una persona jurídica o
entidad del artículo 35.4 Ley General Tributaria (Herencias yacentes,
Comunidades de bienes……), identificación a la que se asociará el importe del
total de deudas y sanciones debidas a fecha de referencia, en cómputo global,
sin desgloses.
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PARA VER ORDEN PUBLICADA EN EL BOE
martes, 6 de octubre de 2015
LEY GENERAL TRIBUTARIA 34/2015 - COMPARATIVA
Comparativa
Ley General Tributaria 34/2015. Bastantes modificaciones.
Modificación parcial.
Con
el fin de facilitar el alcance y contenido de las principales
modificaciones que se han producido con la publicación en el BOE de
22 de septiembre de 2015 de la Ley 34/2015, por la que se modifica la
Ley 58/2003, General Tributaria, la Agencia Tributaria facilita un
cuadro donde se compara la normativa actual con la modificada por la
nueva Ley.
NOVEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS - REAL DECRETO 633/2015 DEL 10 DE JULIO
Principales Novedades en el Impuesto Sobre la
Renta de las Personas Físicas. Modificaciones
introducidas recientemente (mes julio pasado) mediante el Real
Decreto 633/2015
que modifica el Reglamento del IRPF.
miércoles, 22 de julio de 2015
miércoles, 15 de julio de 2015
NOVEDADES TRIBUTARIAS EN EL IRPF 2015 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Miércoles, 14 de julio de 2015
Novedades Tributarias en el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas con efectos del 01 de enero de 2015, con la finalidad de reducir la carga tributaria soportada principalmente
por los contribuyentes sometidos al IRPF. REAL
DECRETO-LEY 9/2015, DE 10 DE JULIO
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jueves, 25 de junio de 2015
IMPUESTO SOBRE LOS DEPÓSITOS DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO. MODELO 411 Y MODELO 410
Jueves, 25 de junio de 2015.
Se aprueba un nuevo modelo de
recaudación de impuestos. Aparece publicado en el Boletín Oficial de Estado de
25 de junio de 2015.
Se trata del Modelo 411 “Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito.
Autoliquidación”.
Su presentación será únicamente en formato electrónico
Fecha de presentación entre el 01 de 31 de julio del año siguiente a aquel que
coincida con el período impositivo.
Pinchar en la imagen
para ver el contenido de esta Orden.
lunes, 1 de junio de 2015
PARTICIPACIONES PREFERENTES - DEUDA SUBORDINADA - AGENCIA TRIBUTARIA NUEVO APARTADO PREFERENTES
Participaciones
Preferentes y Deuda Subordinada.
La Agencia Tributaria incorporó a su Web un apartado
denominado Preferentes, para ayudar a la declaración de
las rentas derivadas de estos productos. Aquí están enlaces para facilitar los trámites, sobre este particular, a los contribuyentes afectados:
martes, 19 de mayo de 2015
MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE LAS TASAS JUDICIALES
Con fecha 11 de mayo se ha publicado en el BOE la Orden HAP/861/2015, de 7 de mayo, por la que se modifica la
Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de
autoliquidación, y el modelo 695 de
solicitud de devolución, de la
tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil,
contencioso-administrativo y social y se determinan lugar, forma, plazos y
procedimientos de presentación.
PINCHAR EN LA IMAGEN PARA Orden HAP/861/2015, de 7 de
mayo.
Fuente: BOE |
domingo, 17 de mayo de 2015
AGENCIA TRIBUTARIA - DETECTADO SERVICIO FALSO AJENO A LA ADMINISTRACIÓN DE HACIENDA ESPAÑOLA - NATALIA M. KING
Detectado nuevo servicio
telefónico de cita previa ajeno a la Agencia Tributaria (11847)
Se ha detectado que determinados números de teléfono,
como es el caso del 11847, ofrecen la posibilidad de concertar cita previa para la confección
de declaraciones o la modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria quiere dejar
constancia de que este número de teléfono es totalmente ajeno a la misma y que,
además de suponer elevados costes de tarificación para los usuarios, las citas
que se obtengan a través de dicho número podrían no ser válidas y por lo tanto
no atenderse.
La Agencia Tributaria recuerda una vez más que el
teléfono del servicio de cita previa es el 901 22 33 44, y que a través de este número el usuario
solo asumirá el coste compartido de la llamada a un número 901. También podrá
concertar cita previa, de forma gratuita, a través de Internet. Fuente: Agencia Tribubaria
martes, 14 de abril de 2015
miércoles, 14 de enero de 2015
miércoles, 31 de diciembre de 2014
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS - MODELO 143 ABONO ANTICIPADO FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACITADAS
Miércoles, 31 de diciembre de 2014. MODELO 143 SOLICITUD ABONO ANTICIPADO A CARGO IRPF
Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se
aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las
deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y
formas de presentación.
Pinchar imagen para acceder al contenido: Boletín
Oficial del Estado (31-12-2014)
DECLARACIÓN CENSAL - ACTIVIDADES PROFESIONALES Y EMPRESARIALES - MODELO 036 GENERAL Y MODELO 037 SIMPLIFICADO
Miércoles, 31 de diciembre de 2014. Declaraciones censales de Hacienda Española
El Boe publica en el día de hoy la Orden HAP/2484/2014, de 29 de diciembre, por la que se
modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los
modelos 036 de declaración
censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y
retenedores y 037 declaración censal simplificada de alta, modificación y
baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Se utilizará uno
u otro, en función de las actividades.
Pinchar imagen para acceder al contenido: Boletín
Oficial del Estado (31-12-2014)
sábado, 27 de diciembre de 2014
jueves, 25 de diciembre de 2014
martes, 9 de diciembre de 2014
lunes, 20 de octubre de 2014
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