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lunes, 12 de octubre de 2026

ENTIDADES FINANCIERAS Y GASTOS DE CORREO

Es posible que en los extractos bancarios figuren adeudos por importes de poca cuantía con el concepto de gastos de correo:
  • Dado que son cuantías muy reducida, no prestamos la atención suficiente:
    • No revisamos de forma detallada los importes reducidos.
Las entidades finanieras no pueden cobrar gastos de correos de forma libre:
  • No pueden cobrar por enviar información que deben facilitar a los clientes por ley.
  • Tampoco pueden adeudar en cuenta gastos de correo o comunicación por remitir el extracto mensual con los movimientos de la cuenta corriente.
Es importante revisar los movimiento bancarios:
  • Si figuran gastos de correos y comunicación, el banco deberá justificar y explicar el motivo del importe adeudad.
Pueden cobrar gastos de comunicación por:
  • Si solicitamos información adicional a la que el banco debe facilitar de forma obligatoria.
  • Cuando pedimos recibir comunicaciones por medios distintos a los estipulados en el contrato firmado.
  • También nos pueden cobrar si queremos recibir información con más frecuencia de la estipulada por ley o la pastada y establecida en el contrato.
Es importante tener presente lo siguiente:
  • No pueden cobrar gastos de correo si hemos manifestado de forma explícita que no queremos recibir correo postal.
  • Si en una carta (un sobre) se incluyen varios documentos, el banco no puede cobrar un gasto de correo por cada documento.
  • Tampoco pueden cobrar por el envío si incluye publicidad, contenido que no hemos solicitao e información que sea de interes para el remitente (entidad financiera).
  • En el caso de que el gasto de correo o comunicación sea procedente, las entidade financieras cobrarán el coste real del envío. No pueden obtener benefico por este tipo de adeudos en cuenta.
  • Revisaremos los gastos de correos y comunicacion que figuren en nuestas cuentas.
  • Las entidades deberan explicar el motivo del adeudo y la justificación del importe.
  • Si no aparece la explicación de forma adecuada, podemos pedir más información.
  • Sin una justificación del importe, podemos reclamar la devolución del importe.
Departamento de conducta de mercado y reclamaciones del Banco de España (DCMR) dice:
  • Este DCMR considera que, dado que la entidad no puede repercutir más que los costes en que efectivamente se ha incurrido, por cuenta de terceros, en cada envío, no sería admisible que:
    • Se adeudaran tantos gastos de correo como documentos remitidos en el mismo envío, pues aceptarlo implicaría un lucro improcedente para la entidad.
    • Se hiciera recaer en el cliente el importe íntegro del gasto si el envío es aprovechado por la entidad para incluir información adicional a la pactada o información no requerida ni aceptada previamente por el cliente.
    • Tampoco se considera una buena práctica bancaria que las entidades repercutan los gastos de correo a sus clientes cuando estos han dado instrucciones inequívocas de que no se les remita ninguna comunicación por este medio.

Fuente: Banco de España


martes, 21 de julio de 2026

EL SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA PROPICIÓ QUE LOS CLIENTES BANCARIOS RECUPERARAN UN RÉCORD DE 6,8 MILLONES DE EUROS EN 2025

Resumen de algunos datos  de la Memoria de Reclamaciones de 2025, que recoge las actuaciones realizadas durante el año para atender las reclamaciones y consultas presentadas por los clientes bancarios:
  • 6,8 millones de euros: Cantidad histórica devuelta a los clientes bancarios en 2025 (un 34% más que el año anterior).
  • Importe medio reintegrado por cada reclamación que fue admitida: 625 euros.
  • Concentración territorial. Tres comunidades sumaron el 60% del dinero devuelto:
    • Madrid 1,97 millones.
    • Cataluña 1,15 millones.
    • Comunidad Valenciana 866.740 €.
Resolución de conflictos:
  • 10.856 reclamaciones admitidas: es el volumen total gestionado y resuelto por el servicio durante el año pasado.
  • Favorable a los clientes: Más de la mitad de los casos terminaron de forma positiva para el reclamante:
    • El 33% mediante acuerdo previo.
    • El 20% mediante un informe favorable del Banco de España.
  • Favorable a los bancos:
    • Casi el 40% de las reclamaciones se resolvieron a favor de la entidad financiera.
    • El 79% de rectificación: Porcentaje de casos donde la clientela vio satisfechas sus pretensiones tras un dictamen favorable.
Principales motivos de reclamación:
  • Fraude con tarjetas y transferencias: Se consolidó como la principal causa de queja, representando el 28% del total tras subir un 3,8%.
  • Comisiones y gastos: Ocuparon el segundo lugar con un 13% de las incidencias.
  • Otros motivos: Préstamos hipotecarios, cuentas corrientes y cancelaciones de productos bancarios.
Evolución del servicio y tendencia para 2026:
  • Regreso a la normalidad:
    • En 2025 se recibieron un total de 30.970 reclamaciones (un 45% menos que en 2024), estabilizándose el servicio tras el aluvión excepcional que provocó la sentencia sobre gastos hipotecarios del Tribunal Supremo en 2024.
  • Repunte en 2026:
    • En el primer cuatrimestre de 2026 las reclamaciones subieron más de un 50% por causas ligadas estrictamente al fraude; si se mantiene el ritmo, se proyectan unas 40.000 quejas anuales.
    • Consultas ciudadanas: Se atendieron 35.735 consultas generales, volviendo también a registros previos a la pandemia.
Las comunidades con mayor incidencia de reclamaciones por número de habitantes en 2025 fueron las siguientes:
  • Madrid: Registró la tasa más alta del país, con 10 reclamaciones por cada 10.000 habitantes.
  • Andalucía: Registró una incidencia de 6 reclamaciones por cada 10.000 habitantes.
  • Cataluña: Registró la misma tasa, con 6 reclamaciones por cada 10.000 habitantes.
Clicar en este enlace   Clicar en cuadros memoria reclamaciones BE 2025