Artículo 16. Reducción por arrendamiento de vivienda.
Actualización al día 30 de diciembre de 2013. Reglamento del Impuesto de la
Renta de las Personas Físicas.
Es un tema importantísimo en cuanto al contenido de información que
deberá presentar el arrendatario, plazos, fechas, identificación de la persona
receptora de la comunicación.
A efectos de la aplicación de la reducción prevista en el
número 2.º del artículo 23.2 de la Ley del Impuesto, el arrendatario deberá
presentar al arrendador con anterioridad a 31 de marzo del ejercicio siguiente
a aquél en el que deba surtir efectos, una comunicación con el siguiente
contenido:
Nombre, apellidos, domicilio fiscal y número de
identificación fiscal del arrendatario.
Referencia catastral, o en defecto de la misma, dirección
completa, del inmueble arrendado objeto de la presente comunicación que
constituyó su vivienda en el período impositivo anterior.
Manifestación de tener una edad comprendida entre los 18 y
35 años durante todo el período impositivo anterior o durante parte del mismo,
indicando en este último caso el número de días en que cumplió tal requisito.
Manifestación de haber obtenido durante el período
impositivo anterior unos rendimientos netos del trabajo y de actividades
económicas superiores al indicador público de renta de efectos múltiples.
Fecha y firma del arrendatario.
Identificación de la persona o entidad destinataria de
dicha comunicación.
En todo caso, el arrendador quedará obligado a conservar la
citada comunicación debidamente firmada.
No resultará de aplicación el incremento de la reducción
prevista en el número 2.º del artículo 23.2 de la Ley del Impuesto en el
supuesto de que el rendimiento neto derivado del inmueble o derecho fuese
negativo