¿Quienes son?
Se trata de personas físicas con un amplio conocimiento de
determinados sectores y con capacidad de inversión, que impulsan el desarrollo
de proyectos empresariales con alto potencial de crecimiento en sus primeras
etapas de vida, aportando capital y valor añadido a la gestión. Los business angels se
diferencian de los inversores tradicionales y del capital riesgo en su
implicación en la gestión de la empresa.
Al igual que las entidades de capital riesgo, se trata de
inversores que apuestan por un proyecto empresarial, sin involucrarse en el día
a día, pero aportando un valor añadido.
Invierten su propio dinero
Se invierte en la etapa inicial de la vida de una empresa.
Sus decisiones de inversión pueden ser distintas a las
motivaciones estrictamente financieras (satisfacción profesional, vinculación
familiar, etc.).
Invierten sólo en zonas próximas a su lugar de residencia.
Los importes invertidos son muy inferiores a la media que
dedican las entidades de capital riesgo en cada operación.
La desinversión, suelen ser más lenta que en el caso de los
inversores de capital riesgo.
La rentabilidad es generalmente inferior a la obtenida por
las entidades de capital riesgo.
Deducciones para los business angels: con el objeto
de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos
propios procedentes de contribuyentes, se establece un nuevo incentivo fiscal
en el IRPF a favor de los "business
angels", o de las personas interesadas en aportar solo capital para el
inicio de una actividad o "capital
semilla":
Se trata de una deducción del 20 por 100 en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad. La base máxima de la deducción será de 50.000 euros anuales. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.(Fuente:Gobierno de España)
Se trata de una deducción del 20 por 100 en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad. La base máxima de la deducción será de 50.000 euros anuales. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.(Fuente:Gobierno de España)