La principal novedad es el régimen
especial del criterio de caja en el IVA, incluido en la nueva Ley de
Emprendedores. Permitirá a pymes y autónomos, a partir del 1 de enero de 2014, aplazar el pago del impuesto hasta
que se cobre la factura.
Con ello se sustituye el tradicional criterio de devengo,
normalmente vinculado a la facturación, por el de cobro. Este instrumento, de carácter voluntario, permitirá dotar de liquidez a las
pequeñas y medianas empresas y autónomos con un volumen de negocio inferior a 2
millones de euros.
Aunque el nuevo régimen entra en vigor el próximo 1 de
enero, la petición voluntaria del autónomo o la pyme que lo desee para ser
incluida en el mismo podrá ejercitarse hasta el 31 de marzo de 2014, frente al
31 de diciembre de este año, que era el plazo inicial. De esta forma, se
dispondrá de más tiempo para adaptar las aplicaciones informáticas de las
empresas a las necesidades del nuevo régimen. De igual forma, habrá más tiempo
para desarrollar actuaciones informativas por parte de la Agencia Tributaria
que ayuden a que los sujetos pasivos y empresas conozcan mejor el
funcionamiento y beneficios que conlleva el nuevo sistema. Al aplazar el pago
del impuesto, su aplicación permitirá disminuir los problemas de liquidez y
financieros de las empresas que lo soliciten.
Por motivos de lucha contra el fraude, se han establecido
obligaciones de información, mínimas para garantizar el control, que se limitan
a añadir en los libros registro de los acogidos las fechas de cobro o pago y el
medio utilizado.
La renuncia al régimen
especial de IVA de caja es también voluntaria. Se podrá ejercitar cada año en los
meses de diciembre y vinculará por un periodo de tres ejercicios.
Fuente: Gobierno España(29-12-2013)