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sábado, 31 de enero de 2026

EL SALARIO MÍNIMO MENSUAL EN LA UNIÓN EUROPEA - EL TJUE CONFIRMA LA VALIDEZ DE LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE SALARIOS MÍNIMOS

España SMI aumenta siguiendo criterios de la CSE
La métrica utilizada por España (Ministerio de Trabajo) es que el SMI se sitúe en el 60 % del salario neto, en consonancia con las recomendaciones de la Carta Social Europea.
Solamente España utiliza este criterio como referencia para fijar el SMI.
La Directiva Europea, sobre este particular, plantea criterios diferentes a los aplicados en España.
La Directiva sobre salarios mínimos hace referencia a dos maneras de establecer el SMI:
  • El 60% del salario mediano bruto.
  • El 50% del salario medio bruto.
  • El SMI no puede ser un salario que te condene a la pobreza.
El salario digno deja así de ser un ideal político para convertirse en un derecho exigible:
  • Ha resuelto el TJUE tras analizar el recurso de anulación contra la Directiva (UE) 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo (Salarios mínimos adecuados en la Unión Europea) que le fue presentado, que deja a salvo la posibilidad de actualizar el salario mínimo en función de la media salarial.
  • El Reino de Dinamarca, apoyado por el de Suecia recurrió al Tribunal de Justicia solicitando la anulación íntegra de la Directiva al considerar que menoscaba el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros por suponer una injerencia directa en la determinación de las remuneraciones dentro de la Unión y en el derecho de asociación y sindicación, que, según los Tratados, son de competencia nacional.
  • El legislador de la Unión adoptó la Directiva con el fin de mejorar las condiciones de vida y de trabajo en la Unión, estableciendo un marco destinado, entre otros objetivos, a garantizar la adecuación de los salarios mínimos legales en los Estados miembros en los que estos existen y a fomentar la negociación colectiva sobre la fijación de salarios.
Procedimiento de fijación de salarios mínimos legales adecuados:
  • Los Estados miembros con salarios mínimos legales establecerán los procedimientos necesarios para la fijación y actualización de los salarios mínimos legales.
  • La fijación y actualización se guiarán por criterios establecidos para contribuir a su adecuación, con el objetivo de lograr un nivel de vida digno, reducir la pobreza de los ocupados, fomentar la cohesión social y la convergencia social al alza, y reducir la brecha salarial de género.
  • Los Estados miembros determinarán dichos criterios de conformidad con los usos nacionales en el Derecho nacional pertinente, las decisiones de sus organismos competentes o acuerdos tripartitos. Los criterios se establecerán de forma clara.
  • Los Estados miembros podrán decidir la ponderación relativa de dichos criterios teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas nacionales.
  • Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el presente artículo, los Estados miembros podrán utilizar además un mecanismo automático de ajuste de indexación de los salarios mínimos legales, basado en criterios apropiados y de conformidad con el Derecho y usos nacionales.
  • Quedan fuera del ordenamiento de la Unión, y por tanto no podrán ser objeto de transposición, dos disposiciones determinantes: las condiciones concretas para elevar los salarios mínimos y la posibilidad de que estas se produzcan cada año de forma automática.
  • Los Estados miembros utilizarán valores de referencia indicativos para orientar su evaluación de la adecuación de los salarios mínimos legales. A tal fin, podrán utilizar valores de referencia indicativos comúnmente utilizados a escala internacional, como el 60 % de la mediana salarial bruta y el 50 % del salario medio bruto, y/o valores de referencia indicativos utilizados a escala nacional.

martes, 11 de noviembre de 2025

FILANTROPÍA - CARIDAD - DISTRIBUCIÓN JUSTA DE LA RIQUEZA - ESPERANZA EN LOS JÓVENES (QUIEREN CAMBIOS SISTÉMICOS, MÁS ALLÁ DE LA FILANTROPÍA)

La Burguesía Caritativa de Friedrich Engels en 1845 
“Primero chupáis la sangre a los proletarios y luego practicáis con ellos la autocomplaciente filantropía, presentándoos ante el mundo como benefactores de humanidad cuando dais a las víctimas una centésima parte de lo que les pertenece” de Friedrich Engels en 1845.
  • "Filantropía" y "caridad" se confunden. En la época del imperio romano, Flavio Claudio Juliano que, tratando de restaurar el paganismo, acuñó el término "filantropía" para suplir al cristiano de "caridad", virtud de la religión católica junto con la fe y la esperanza.
  • Amar a Dios sobre todas las cosas y al prójimo como a ti mismo. “Caridad” es practicar obras de misericordia, dar de beber al sediento, dar de comer al hambriento, posada al peregrino, vestir al desnudo, enterrar a los muertos y liberar al cautivo. Es por amor a Dios. A pesar de las limosnas, las clases desfavorecidas receptoras de obras caritativas, permanecen pobres, con las mismas necesidades.
  • Los caritativos hacen mérito para ganar el cielo. La imagen del pobre pidiendo limosna, a la salida del templo, ilustra la caridad cristiana. La limosna no resuelve su estado. Mejor una caña y nasas para enseñarle a pescar. 
  • Liberación del pecado: Es una forma de penitencia y una ayuda para la salvación, ya que la caridad y la limosna son consideradas muy valiosas para el perdón de los pecados. Buscan un interés.
¿Dónde está la frontera entre la “caridad” y la “filantropía?
  • “Caridad” y “filantropía” no están exentas de interés. La limosna para tranquilizar conciencias arrepentidas y ganar el reino de los cielos y las donaciones millonarias puestas al servicio de causas filantrópicas. En ambas subyace el interés material o espiritual, relativo o absoluto en el exuberante mundo altruista y de la autocomplacencia mediática. Portadas de los diarios, revistas y prensa especializada, doméstica y supranacional dando masajes complacientes (dando jabón) a sociedades con empresas matrices en paraísos fiscales. 
  • Engels presenta una realidad pretérita de una época. Los problemas de distribución de la riqueza y de la vivienda, siguen vigentes. Las empresas son la ordenación optimizada de los distintos medios de producción para satisfacer a todos los intervinientes sociales. Accionistas, trabajadores con salarios dignos y la contribución al erario público. Sirven, deberían servir a sus clientes de manera ética. 
  • Agradecimiento para todas las compañías que generan miles de puestos de trabajos con salarios dignos, sin explotación, que pagan las horas extras y cotizan por ellas. Y que una parte de los beneficios generados se distribuyen de manera equitativa entre todos los trabajadores. 
  • Que manifiesten, sin complejos, que sus trabajadores reciben un salario digno que les permite llegar a fin de mes! Y si además practican la filantropía, para casusas nobles, merecen el reconocimiento público de la sociedad. 
  • Los que se aprovechan de la debilidad de sus trabajadores y buscan la autocomplacencia filantrópica, no son benefactores de la sociedad. Son enemigos públicos de los ciudadanos que buscan sacar beneficio de las clases más vulnerables y desfavorecidas 
SEMINARIO DE JÓVENES – UNA GRAN ESPERANZA
Jóvenes entre 18 y 25 años llamados a responsabilizarse de grandes patrimonios, que han participado en seminarios con el equipo de filantropía del Grupo suizo Pictet.
La nueva generación no se identifica con la imagen tradicional de los filántropos, pero quiere generar impacto. Hay consenso respecto a la gestión de patrimonios más concienciada y responsable, no simplemente enfocada en hacer crecer la riqueza y promover eficazmente cambios positivos. El futuro de la filantropía pasa por un enfoque holístico de esfera de influencia, con atención a que las empresas e inversiones jueguen un papel crucial en una economía resiliente y regenerativa”, señala Christoph Courth, director global de servicios filantrópicos en Pictet Wealth Management

miércoles, 3 de mayo de 2017

NUEVO MODELO PARA SOLICITAR LAS PRESTACIONES FOGASA DE FORMA ELECTRÓNICA Y NO ELECTRÓNICA


FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, O.A.
La FINALIDAD BÁSICA, para la que fue creado mediante el artículo 31 de la Ley 16/1976, de 8 de abril, de Relaciones Laborales, es la de Institución de GARANTÍA de los créditos salariales ante la insolvencia del empleador. Hoy tiene atribuido el abono a los/las trabajadores/as de los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que trabajan no han podido satisfacer por encontrarse en situación legal de insolvencia o por haber sido declaradas en situación de concurso. Abonadas las prestaciones, el Fondo de Garantía Salarial se subrogará obligatoriamente en los derechos y acciones de los/las trabajadores/as para proceder en reclamación y repetición frente a los/las empleadores/as que los adeudan.
Entre sus FINALIDADES COMPLEMENTARIAS destaca el apoyo o protección a las empresas en situación de crisis, dado que fomenta el mantenimiento del empleo y la continuidad empresarial, mediante el abono de prestaciones en los siguientes casos:
- Cuando existe resolución de la autoridad laboral, exonerando total o parcialmente a la empresa del pago de la indemnización por extinción del contrato por causa de fuerza mayor, sin que sea necesaria la declaración de insolvencia.
- En los casos previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, para la formalización de convenios o acuerdos de devolución aplazada o fraccionada de las cantidades adeudadas por las empresas al FOGASA.
- En caso de declaración de insolvencia “técnica” de la empresa.
El pasado día 1 de mayo, la Resolución de 7 de abril de 2017, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, aprueba el modelo de solicitud de prestaciones, establecidas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, que se utilizará tanto para su presentación electrónica en la sede https://sede.fogasa.empleo.gob.es/, como para su presentación no electrónica.

sábado, 24 de diciembre de 2016

BONIFICACIONES Y REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN LABORAL ACTUALIZACIÓN A NOVIEMBRE DE 2016


Guía de bonificaciones y reducciones a la contratación laboral: Se ofrece información bastante bien estructurada según el tipo de empresa, colectivo de trabajadores en relación a las distintas modalidades de contratos. Actualizada al pasado mes de noviembre de 2016 que intenta satisfacer las necesidades de información demandada por todos los agentes que operan en el mercado laboral, especialmente para los trabajadores que son los más vulnerables en este tipo de información. Clicar en la imagen anterior para descargar esta guía.


¡¡¡¡FELIZ NAVIDAD!!!!

miércoles, 4 de noviembre de 2015

GUÍA DE CONTRATOS LABORALES - SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Miércoles, 04 de noviembre de 2015. Guía de contratos del Servicio Público de Empleo Estatal.
Esta guía recoge normativa referida a la contratación laboral, así como los incentivos existentes. Actualizada al mes de octubre de 2015, es una guía referente desde la simplificación de la contratación para dar a conocer al público en general sobre esta casuística demandada por los ciudadanos. Un manual sobre los cuatro tipos de contratos: indefinido, temporal, para la formación y el aprendizaje y en prácticas.

jueves, 24 de julio de 2014

ENCUESTA POBLACIÓN ACTIVA 2T 2014 - EPA - NOTA DE PRENSA INE - UN AÑO DESPUÉS ACCIDENTE DE ANGROIS

Jueves, 24 de julio de 2014. Un año después del accidente ferroviario de Angrois (Santiago de Compostela). Carta del maquinista:
El mercado laboral español da síntomas de reaccionar, al calor de los datos de Europa. Hoy se publica la Encuesta de Población Activa con datos referidos al segundo trimestre de este año (2014) esperanzadores. Es una buena noticia para iniciar el fin de semana largo. Hay 310.400 parados menos, una de las mayores bajadas (en términos trimestrales) de toda la serie histórica. Desde mi punto de vista, lo mejor de estos datos, es la creación de puestos de trabajo en términos interanuales durante toda la crisis. La ocupación aumentó en 192.400 personas (dato interanual). Pero la cruda realidad sigue patente, escandalosa, con una cifra insostenible de  5.623.000 parados. Lo peor es la degradación laboral, la contratación laboral temporal y micro temporal, la disminución de la tasa de cobertura social. Empleos que no  permiten cubrir tus necesidades básicas: alimentación, educación, sanidad, entre otras. 
Los datos resumidos, sin entrar en detalle facilitados por el INE, para que cada cual saque sus propias conclusiones:
Ver noticia en la Fuente: La Voz de Galicia (24-07-2014)

miércoles, 2 de julio de 2014

DATOS DE EMPLEO REGISTRADO REFERIDOS AL MES DE JUNIO DE 2014 - MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Datos de paro referidos a Junio de 2014. Miércoles, 02 de julio de 2014. Se trata de paro registrado en organismos oficiales. La realidad es más cruda.
Como titular: El paro bajó en junio de 2014. Destacar que en sanidad y educación se perdieron miles de puestos de trabajo en los dos últimos años.
El paro bajó en 122.864 personas, hasta los 4,49 millones. Estamos como en diciembre de 2011 pero con una precariedad laboral galopante.
Por sectores podemos afirmar que el patito feo este mes fue la agricultura. En el resto de los sectores el paro bajó.
El empleo aumentó en 56.622 personas. Se puede decir que es un crecimiento modesto con la buena noticia de que se distribuye bastante bien por toda la geografía española y llega a la mayoría de los sectores.
Lo peor de todo. Del total de los contratos formalizados, tan solo un mediocre 7,26% es contratación indefinida. Una vergüenza.
Para poner la guinda: Rosell dice que "un millón de amas y amos de casa" se han apuntado a las listas del paro para ver si pueden cobrar algún tipo de subsidio. "Creen que apuntándose al paro tienen alguna oportunidad de cobrar algún tipo de subsidio". 
Que mente tan audaz la de este señor. Trasnochado.
Datos facilitados por el gobierno:

jueves, 15 de mayo de 2014

TOMAS PIKETTY - DE LA TALLAS DE SMITH - KEYNES - MARX

Muy buenas noches a todas/os. La desigualdad crecen en el mundo, no siempre el crecimiento económico supone mayor bienestar social.
Thomas Piketty, pensador económico y su Teoría sobre el Capital en el Siglo XXI cuestiona postulados que eran la panacea para resolver las desigualdades.
El capitalismo descontrolado acelera la desigualdad. Piketty señala que sólo la productividad de los trabajadores de bajos ingresos puede ser medida de una manera objetiva. Postula que cuando un trabajo es replicable, como un trabajador de una cadena de montaje o en un servicio  de venta masiva, resulta relativamente fácil de medir el valor aportado por cada trabajador. Estos trabajadores tienen derecho a lo que ganan. La productividad de las personas con altos ingresos es más difícil de medir y muchos de estos salarios son en gran medida arbitrarios, auto-decididos y constituyen el reflejo de una construcción ideológica más que por sus méritos. Estos altos salarios generan distorsiones que a la larga culminan en crisis económicas. Miremos a nuestra España.
En el mundo, Consejo Editorial-Blogs Opinión (Vicente Lozano) muy interesante: pinchar imagen.
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/consejoeditorial/2014/05/11/thomas-piketty-de-la-talla-de-adam-smith.html
Fuente: El Mundo

martes, 4 de febrero de 2014

MÁS PARO - MENOS AFILIADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL - MENOS CONTRATOS INDEFINIDOS - MENOS TASA DE COBERTURA SOCIAL - ENERO DE 2014

Se sustituye contratos de calidad por contratos basura. La reforma laboral ha servido para destruir empleo de calidad por empleo precario, crear sumisión ante el empleador y vivir con la espada de Damocles sobre ti. Se trata de una reforma ideológica, ultra neoliberal. Un drama social. Menos trabajadores, menos afiliados a la Seguridad Social, menos tasa de cobertura social y menos contratos indefinidos. Ver datos positivos, de recuperación es un acto profundo de fe.
Resumen de los datos facilitados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, referidos al mes de enero de 2014:
El número medio de afiliados a la Seguridad Social se situó el pasado enero en 16.173.610 ocupados, lo que supone un descenso de 184.031 personas (-1,13%).
Sistema Especial Agrario experimentó un incremento de 3.269 afiliados medios en relación a diciembre (0,41%), hasta sumar 793.682 ocupados. El Sistema Especial del Empleados del Hogar, por su parte, consigna un descenso de 2.590 afiliados (-0,61%).
La afiliación al Régimen General disminuyó, respecto a diciembre, en 171.559 personas (-1,30%), lo que sitúa el dato de afiliados medios en 13.072.309. Siguiendo la tendencia de los meses de enero -en los que finaliza la campaña navideña- se registra un descenso generalizado en todos los sectores. Los más destacados,  Comercio, con 36.411 ocupados menos (-1,70%); Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares, -25.519 (-2,47%); Hostelería, -24.941 (-2,73%); y Construcción, -21.873 (-3,54%).
El paro registrado en el mes de enero ha crecido en 113.097 personas respecto al mes anterior y el número total de parados registrados en las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo se sitúa en 4.814.435
Por su parte, el desempleo de los jóvenes menores de 25 años se incrementa en enero en16.503 personas (4,00%) respecto al mes anterior mientras el paro de 25 y más años sube en 96.594 (2,25%).
En enero de 2014 se han registrado 98.366 contratos de trabajo de carácter indefinido que representan el 7,81% de todos los contratos.
El número de contratos registrados durante el mes de enero ha sido de 1.259.240, de los que 15.983 de carácter formativo y 1.144.891 otro tipo de contratos temporales.
Los contratos indefinidos del mes de enero se dividen, en cuanto a la duración de su jornada, en 59.944 a tiempo completo y 38.422 a tiempo parcial. 







Fuente: Gobierno de España - Ministerio E y SS

lunes, 8 de julio de 2013

PÉRDIDA DE DERECHOS LABORALES

Hoy lunes vence el plazo para la renovar miles de convenios colectivos. Un día triste para la clase trabajadora; el gobierno reduce a la mínima expresión la flexibilidad laboral. En el ámbito privado casi 1.7 millones de trabajadores y cerca de 150.000 trabajadores públicos están pendientes de su firma. La patronal ve cumplida, al fin, una vieja aspiración con un gobierno plegado a los dictados de una casta empresarial carente de principios éticos. La idea era ganar flexibilidad, lo que está muy bien, y buscar nuevos acuerdos que se adapten a la difícil situación por la que estamos pasando. Una lectura pausada de la Ley 3/2012 dice que de equilibrios nada de nada. Una merma de derechos sociales. Los convenios pueden desaparecer y las condiciones de trabajo modificadas y salarios reducidos. La regulación, si los empresarios lo solicitan, pasará a un convenio de ámbito superior, si existe, o al Estatuto de los Trabajadores.
Hay que confiar en los juzgados de lo social por las probables reclamaciones de derechos sociales por parte de los trabajadores.