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martes, 25 de marzo de 2014

MODELOS IRPF 2013 - IMPUESTO PATRIMONIO 2013 - HACIENDA ABRE VENTANILLA PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO 2013

Para los contribuyentes del IRPF y del IP (Impuesto Patrimonio) que somos la mayoría, se acerca el período de rendir cuentas con Hacienda, derivadas de nuestras obligaciones  fiscales.
El Boletín Oficial de Estado publicó  24 de marzo de 2014 la Orden HAP/455/2014, de 20 de marzo, que aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2013. Hoy día 25 de marzo de 2014 entra en vigor.
En dicha Orden se especifica el lugar, forma y plazos de presentación de ambos impuestos.Dicha Orden habla del borrador, de la confirmación de condiciones de presentación, ya sea por medios telemáticos o telefónicos. Es una buena costumbre revisarlo antes de su confirmación. Lo recomiendo.
Novedades en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF):
Aparecen en el modelo casillas para consignar loas contribuciones empresariales a seguros colectivos de dependencia.
Se especifica que son ganancias y pérdidas patrimoniales que se deriven de la transmisión de elementos patrimoniales, para distinguir entre los adquiridos con un año de antelación o menos y los que se adquieran con más de un año de antelación en relación con la fecha de transmisión.
Se contempla la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas que se declaren (método estimación directa) y sean el primer período impositivo (que el rendimiento sea positivo) y el siguiente. Se trata de contribuyentes que iniciaron la actividad económica en el ejercicio 2013.
Sobre las deducciones de la cuota íntegra hay que mencionar la deducción por inversión en empresas nuevas o de reciente creación (es una nueva deducción), la deducción solamente de cantidades pendientes por obras de mejora en la vivienda (esta deducción fue de aplicación hasta 2012, razón por lo que solo se puede deducir lo pendiente de 2012, en 2013).
Debido a la supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual, a partir de 1 de enero de 2013, se prevé la aplicación del régimen transitorio de deducción para las adquisiciones, construcciones, rehabilitaciones o ampliaciones o para las obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad satisfechas antes de 1 de enero de 2013. Y también se reflejan las deducciones por estímulos e incentivos, el tema de apoyos a acontecimientos excepcionales. Y lógicamente lo relativo a las deducciones autonómicas que aparecen en el modelo las modificaciones oportunas  para el ejercicio fiscal 2013.
Plazos presentación
Por internet: entre los días 23 de abril y 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
Cualquier otro medio: entre los días 5 de mayo y 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
Confirmación del borrador: a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
Domiciliación bancaria de las declaraciones: desde el 23 de abril hasta el 25 de junio de 2014, ambos inclusive.
Presentación de la declaración: entre los días 23 de abril y 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
Resolución de 17 de noviembre de 2011 (Impuesto Patrimonio). El modelo reproduce la misma estructura de contenidos de la declaración del ejercicio 2012, previéndose además para este año la posibilidad de presentar la declaración del Impuesto mediante un sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario. Se mantiene como forma de presentación exclusiva de las declaraciones del Impuesto sobre Patrimonio la presentación electrónica a través de Internet y se permite que dicha presentación se pueda realizar, no sólo con sistemas de firma electrónica avanzada, ya sea la incorporada al Documento Nacional de Identidad electrónico o la basada en certificados electrónicos, sino también mediante el empleo de otros sistemas de firma electrónica no avanzada, bien mediante el sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario, bien mediante el número de referencia del borrador o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas puestos a disposición del contribuyente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Se eliminan de los modelos preimpresos.
Pinchar en la imagen de Boletín Oficial del Estado para ver Orden publicada 24-03-2014