El
Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto una multa de
46.490.000€ a Telefónica Móviles de España, 43.525.000€ a Vodafone y de
29.950.000€ a Orange.
En enero de 2011 la Dirección de Investigación de la Comisión
Nacional de la Competencia (CNC) incoó de oficio un expediente sancionador
contra Telefónica Móviles de España, S.A.U. (TME), Vodafone España, S.A.U.
(VODAFONE) y France Telecom España, S.A. (ORANGE) por considerar que había
indicios de prácticas abusivas prohibidas en el artículo 2 de la Ley 15/2007, de
3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y el artículo 102 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea relacionadas con los mensajes
cortos de telefonía móvil (SMS y MMS).
La Dirección de Investigación de la CNC basó su investigación en datos
solicitados a las empresas y a la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones (CMT), incluida la contabilidad regulatoria de costes que
deben presentar al regulador estas empresas.
Tras la debida instrucción del expediente, la Dirección de Investigación de la
CNC imputó a los tres operadores móviles de red una infracción de abuso de posición de dominio en los
mercados mayoristas de acceso y originación y de terminación de mensajes cortos en sus respectivas redes.
Según la Dirección de Investigación de la CNC, cada uno de estos operadores
ostenta una situación de monopolio en los servicios de
terminación de mensajes cortos en su propia red. A diferencia
de lo que sucede con los servicios mayoristas de terminación de llamadas de
voz, los respectivos mercados de servicios mayoristas de terminación de
mensajes cortos prestado por cada uno de estos operadores no se han visto
regulados en todo el periodo objeto de análisis (2000-2009).
Ello ha permitido a los tres operadores móviles de red fijar libremente los
precios de terminación de mensajes cortos en todo el periodo considerado a unos
niveles muy elevados. Dado que la terminación es un coste que se traslada a los
precios minoristas, los precios excesivos en terminación les han permitido
sostener unos precios minoristas de los mensajes cortos a pagar por los
usuarios más elevados.
A ello se suma que estos tres operadores, a los que la Dirección de
Investigación de la CNC atribuye una posición de dominio colectiva,
habrían desarrollado una política de precios en los servicios
de acceso y originación consistente
con la de los mercados de terminación: los elevados precios mayoristas en
originación y acceso han contribuido a sostener elevados precios minoristas de
los mensajes cortos y a generar mayores barreras de entrada y expansión a los
operadores móviles virtuales.
Mediante su Resolución de 19 de diciembre de 2012 el Consejo de la CNC, vistas
las alegaciones de las partes y el informe determinante de la CMT, ha declarado
que cada uno de los operadores imputado ha cometido una infracción consistente
en el abuso de posición de dominio explotativo descrito.
En vista de ello, el Consejo de la CNC ha impuesto una multa de 46.490.000€ a
TME, 43.525.000€ a VODAFONE y de 29.950.000€ a ORANGE.
El Consejo de la CNC, en cambio, no ha considerado pertinente imponer medidas
regulatorias a las partes como la Dirección de Investigación de la CNC
recomendaba. Por un lado, porque la conducta solo se ha acreditado hasta el
ejercicio 2009 y, por otro, por considerar más adecuado que sea la CMT quien en
su caso diseñe la regulación ex ante de esos mercados.
Fuente: lexnova
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