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jueves, 30 de abril de 2020

LA RESERVA FEDERAL AMERICANA SE PONE LAS PILAS

La FED anuncia nuevas medidas y se compromete a utilizar toda la artillería a su alcance para apoyar a las familias, empresas y a la economía de los Estados Unidos de América al entender que estamos ante un gran desafío mundial. Está claro que el Tío Tom está sufriendo demasiado, con muchas dificultades, como el resto del mundo. Estados Unidos quizás está perdiendo peso específico en el concierto internacional. 
La primera prioridad de nuestra nación es cuidar a los afectados y limitar la propagación del virus. Si bien persiste una gran incertidumbre, ha quedado claro que nuestra economía enfrentará graves interrupciones. Se deben realizar esfuerzos agresivos en los sectores público y privado para limitar las pérdidas de empleos e ingresos y para promover una recuperación rápida una vez que disminuyan las interrupciones” 
La Reserva Federal se guía por el mandato del Congreso para mantener los precios estables, estimular el empleo al máximo y mantener la estabilidad del sistema financiero americano. Y proporcionar un gran apoyo para que el crédito fluya a las familias y a las empresas. 
Apoyo para el funcionamiento del mercado en estado crítico, con respiración asistida
El FOMC (Comité Federal de Mercado Abierto comprará Valores del Tesoro, respaldados por hipotecas en la cuantía necesaria para respaldar el funcionamiento del mercado y la adecuada transmisión efectiva de la política monetaria a las condiciones financieras y a la economía. El FOMC comprará 500.000 millones de dólares en Valores del Tesoro y 200.000 millones de valores respaldados por hipotecas. También incluirá la compra de valores respaldados por hipotecas comerciales. 
Empleo y consumidores 
Apoyo total al flujo de crédito para consumidores, empleadores y empresas mediante el establecimiento de nuevos programas `por un montante de 300.000 millones de dólares para nuevas financiaciones. El Departamento del Tesoro utilizará el FSE (Fondo de Estabilización e Intercambio) con 30.000 millones de capital. 
Grandes empleadores 
Facilidades para respaldar créditos a grandes empleadores utilizando dos armas: El PMCCF (Facilidad del Crédito Corporativo del Mercado Primario) para la emisión de nuevos préstamos y bonos. La segunda arma es el SMCCF (Facilidad de Crédito Corporativo del Mercado Secundario) para proporcionar liquidez a los bonos corporativos pendientes. 
Tercera línea TALF 
Creación de una Línea de Crédito de Valores con Garantía de Activos a plazo con la finalidad de apoyar el flujo de créditos a consumidores y empresas. El TALF permitirá la emisión de valores ABS (Valores Respaldados por Activos), esto es, respaldados por préstamos a estudiantes, préstamos auto, tarjetas y préstamos garantizados por la administración de pequeños negocios (SBA) 
Municipios
Dar liquidez a los entes municipales con la Facilidad de Liquidez del Fondo de Inversión Mutua del Mercado Monetario incluyendo una amplia gama de valores. 
Facilitar el flujo de crédito a los municipios al expandir el Fondo de Financiación de Papel Comercial (CPFF) para incluir papel comercial de alta calidad exento de impuestos como valores elegibles.
 Otras actuaciones
La Reserva Federal espera anunciar pronto el establecimiento de un programa de préstamos comerciales de Main Street para apoyar los préstamos a pequeñas y medianas empresas elegibles, complementando los esfuerzos de la SBA. 
El PMCCF permitirá a las empresas acceder al crédito para que puedan mantener mejor las operaciones comerciales y la capacidad durante el período de dislocaciones relacionadas con la pandemia. Esta organismo está abierta a empresas de grado de inversión y proporcionará financiación puente de cuatro años. Los prestatarios pueden optar por diferir los pagos de intereses y capital durante los primeros seis meses del préstamo, prorrogable a discreción de la Reserva Federal, a fin de tener efectivo adicional disponible para pagar a los empleados y proveedores. La Reserva Federal financiará una línea de finalidad especial (SPV) para otorgar préstamos del PMCCF a las empresas. El Tesoro, utilizando el FSE, realizará una inversión de capital en el SPV. 
El SMCCF comprará en el mercado secundario bonos corporativos emitidos por compañías estadounidenses de grado de inversión y fondos cotizados en bolsa cuyo objetivo de inversión es proporcionar una amplia exposición al mercado de bonos corporativos de grado de inversión estadounidense. El Tesoro, utilizando el FSE, realizará una inversión de capital en el SPV establecido por la Reserva Federal para esta institución 
Según el TALF, la Reserva Federal prestará sin recurso a los tenedores de ciertos ABS con calificación AAA respaldados por préstamos para consumidores y pequeñas empresas de reciente creación. La Reserva Federal prestará una cantidad igual al valor de mercado del ABS menos un corte de pelo y estará garantizado en todo momento por el ABS. El Tesoro, utilizando el FSE, también realizará una inversión de capital en el SPV establecido por la Reserva Federal para esta instalación. 
TALF, PMCCF y SMCCF son establecidos por la Reserva Federal bajo la autoridad de la Sección 13 (3) de la Ley de la Reserva Federal, con la aprobación del secretario del Tesoro. 
Estas acciones aumentan las medidas tomadas por la Reserva Federal con anterioridad para apoyar el flujo de crédito a los hogares y las empresas. Éstas incluyen: 
El establecimiento de la CPFF, el MMLF y la línea de crédito del concesionario primario;La expansión de las líneas de intercambio de liquidez del banco central; 
Pasos para mejorar la disponibilidad y facilitar los términos de préstamo en la ventana de descuento 
La eliminación de los requisitos de reserva 
Orientación para alentar a los bancos a ser flexibles con los clientes que experimentan desafíos financieros relacionados con el coronavirus y a utilizar sus reservas de liquidez y capital para hacerlo 
Declaraciones que fomentan el uso del crédito a la luz del día en la Reserva Federal. 
En conjunto, estas acciones brindarán apoyo a una amplia gama de mercados e instituciones, apoyando así el flujo de crédito en la economía. 
"La Reserva Federal continuará utilizando toda su gama de artillería para respaldar el flujo de crédito a los hogares y las empresas y, por lo tanto, promover sus objetivos máximos de empleo y estabilidad de precios". (FUENTE:FED)

jueves, 31 de enero de 2019

LOS GASTOS NOTARIALES DE LAS HIPOTECAS SON A REPARTIR

El Tribunal Supremo fija doctrina sobre gastos asociados a un préstamo hipotecario 
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias fijando doctrina sobre algunas cuestiones relativas a cláusulas abusivas en contratos con consumidores sobre las que aún no se había pronunciado. En primer lugar, analiza la posible abusividad de la cláusula que, en un préstamo hipotecario, establece una comisión de apertura. En segundo lugar, se pronuncia sobre los efectos de la declaración de nulidad de la cláusula que atribuye al prestatario la totalidad de los gastos e impuestos, ya declarada nula por la sentencia 705/2015, de 23 de diciembre. 

sábado, 17 de enero de 2015

INFORMACIÓN QUE LA TASA ANUAL EQUIVALENTE (TAE) DE UN PRÉSTAMO BANCARIO TIENE QUE CONTENER - TAE VARIABLE

Cada vez que precise comparar distintos préstamos hipotecarios (u otros productos de financiación o inversión) lo más útil es acudir a la TAE, pues  actúa a modo de referencia para realizar la comparación, con independencia de las condiciones particulares de cada producto u oferta financiera.
La TAE es un indicador que, en forma de tanto % anual, revela el coste o rendimiento de un producto financiero, ya que incluye el interés, los gastos y comisiones bancarias.
Desde la entrada en vigor de la Orden EHA/2899/2011, de 28de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, que entre otros aspectos regula el cálculo de la TAE de préstamos y créditos hipotecarios, se ha planteado qué elementos deben incluirse en dicho cálculo. Es cuestión básica, y así debe entenderse, que todos los cálculos de la TAE se lleven a cabo bajo idénticas reglas pues, recordemos, estamos ante un patrón que nos sirve básicamente para comparar los distintos préstamos que las entidades nos ofrecen.
En dicho cálculo deben incluirse todos los gastos, incluidos comisiones, impuestos y otros gastos que el cliente deba pagar en relación con el contrato de préstamo y que sean conocidos por la entidad, así como el coste de los servicios accesorios relacionados con el contrato de préstamo (como las primas de seguro), siempre que sean servicios inherentes al contrato. Esto implica la inclusión en el cálculo de gastos no concebidos contractual ni legalmente como contrapartida o accesorios del préstamo, pero que son básicos para su concesión, como los gastos de tasación y comprobación registral. La única excepción, son los gastos de notario.
Los elementos que se incluirán en el cálculo de la TAE en los préstamos y créditos hipotecarios son:
Intereses y comisiones
Gastos de comprobación de la situación registral de la vivienda
Gastos de tasación, de gestoría, y de inscripción en el Registro de la Propiedad
Primas de seguros (incluso el de daños) exigidos para obtener el préstamo
Gastos de preparación del contrato y de puesta a disposición de los fondos
Impuestos
Costes de mantenimiento de una cuenta salvo que se hayan especificado de forma clara y por separado en el contrato de préstamo o cualquier otro contrato suscrito por el cliente y los relativos al uso de un medio de pago que permita efectuar operaciones de pago y de disposición del préstamo, siempre que sean servicios inherentes al propio contrato;
Cualquier otro gasto no mencionado, que soporte el cliente en relación con el contrato de préstamo y su concesión.
Además debe saber que la Circular 5/2012, de 27 de junio,del Banco de España, establece que en los contratos que contengan cláusulas que permitan modificaciones del tipo de interés y/o de las comisiones o gastos incluidos en la TAE, que no sean cuantificables en el momento del cálculo, la expresión TAE se sustituirá por la TAE Variable. En los préstamos hipotecarios a tipo de interés variable, esta TAE Variable, variará con las revisiones del tipo de interés.(FUENTE: BANCO DE ESPAÑA)

lunes, 27 de mayo de 2013

TRES ÍNDICES DE REFERENCIA PARA PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS QUE DEJARON DE SER OFICIALES


INFORMACIÓN GENERAL E IMPORTANTE 
Ante las dudas que se están suscitando respecto a la continuidad de los tres índices de referencia para préstamos hipotecarios que dejaron de ser considerados oficiales para los nuevos préstamos contratados a partir de la entrada en vigor de la Orden EHA/ 2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/29/pdfs/BOE-A-2011-17015.pdf), resulta oportuno aclarar lo siguiente:
En primer término, debe indicarse que, tal y como señala la disposición transitoria única de la citada Orden, “los índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos…”, es decir que dichos índices, mientras sigan publicándose, continúan siendo índices válidos para los créditos o préstamos hipotecarios a tipo de interés variable que a la entrada en vigor de la Orden los tuvieran como índice de referencia.
Además, la Orden indica que la desaparición completa de los citados índices o tipos se producirá transcurrido un año de la entrada en vigor de la misma y su normativa de desarrollo, es decir, el 6 de octubre de 2013, pero “siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados”.
El Gobierno está trabajando en la regulación de dicho régimen de transición que estará aprobado previsiblemente antes del citado 6 de octubre de 2013. No obstante, hasta que el mismo se determine y entre en vigor, el Banco de España va a seguir publicando mensualmente, como viene haciendo hasta la fecha, el valor de dichos índices de referencia.
¿QUÉ TIPOS HAN DEJADO DE SER OFICIALES? ¿CUÁNDO?
El 29 de abril de 2012, varios tipos de interés de referencia dejaron de ser oficiales:
-Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorro (IRPH-Cajas).
-Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos (IRPH-Bancos).
-Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros (Tipo CECA).
ESTOS TIPOS QUE HAN DEJADO DE SER OFICIALES, ¿SIGUEN SIENDO APLICABLES A MI PRÉSTAMO? Sí, al menos hasta el 6 de octubre de 2013, el Banco de España va a seguir publicándolos mensualmente y estos producirán todos los efectos sobre los contratos.  Para entonces estaría aprobado un régimen de transición de estos tipos a otros que mantengan el carácter oficial.
-ESTOS TIPOS, ¿VAN A DEJARSE DE PUBLICAR EL 29 DE ABRIL DE 2013? No, la Orden obliga a su publicación, al menos, hasta un año después de la entrada en vigor de la orden y de su normativa de desarrollo. Dado que el 6 de octubre de 2012 entró en vigor una Circular del Banco de España que la desarrolla http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/06/pdfs/BOE-A-2012-9058.pdf, se seguirán publicando al menos hasta el 6 de octubre de 2013.
¿CUÁNDO SE PRODUCIRÁ LA DESAPARICIÓN COMPLETA DE ESTOS TIPOS? El Gobierno trabaja para que el 6 de octubre de 2013 se haya aprobado el régimen de transición de estos tipos.
Fuente: Tesoro Público