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jueves, 10 de julio de 2025

CUENTAS EN BANCOS QUE DEJAMOS DE UTILIZAR O ABANDONAMOS.

No basta con dejarla abandonada, sin hacerla caso. No caduca, así sin más, si dejamos de utilizarla. Cuando ya no deseemos utilizar una cuenta bancaria, es necesario cancelarla formalmente. Dejarla a cero no significa lo mismo, no se cancela automáticamente por no tener saldo. La cancelación es un acto formal, tanto si se deriva de una decisión del cliente o de la entidad. De lo contrario, la cuenta seguirá abierta y continuará generando las comisiones y obligaciones previstas en el contrato.
Una cuenta se considera legalmente inactiva cuando no ha registrado movimientos (es decir, transferencias, ingresos, pagos o cualquier operación bancaria) durante 20 años consecutivos.En ese caso, con tres meses de antelación a ese plazo el banco debe comprobar, con la información de la que dispone, si hay titulares, vivos o herederos, a los que debe notificar el vencimiento del plazo de la cuenta sin movimientos. Si no hay respuesta o reclamación, los fondos se transfieren al Tesoro Público. Esto se hace para prevenir el blanqueo de capitales y el fraude fiscal y evitar que los fondos se pierdan.
Como clientes bancarios, lo recomendable es seguir unas mínimas reglas de prudencia, como mantener los datos actualizados en el banco (dirección, teléfono, email) y tener documentada la existencia de las cuentas, especialmente si son de ahorro a largo plazo.
Fuente: Banco de España

viernes, 17 de abril de 2020

EL GOBIERNO APRUEBA LA CONCESIÓN DE UN PRÉSTAMO DE 13.830 MILLONES DE EUROS A LA SEGURIDAD SOCIAL

El Gobierno ha aprobado el día 14 abril de 2020 en la reunión del Consejo de Ministros la concesión de un préstamo del Estado a la Tesorería General de la Seguridad Social por importe de 13.830 millones de euros, con el objetivo de proporcionar cobertura adecuada a las obligaciones de la Seguridad Social. 
En los meses de junio y noviembre, la Seguridad Social abona conjuntamente la nómina ordinaria y extraordinaria de las pensiones, un desembolso de en torno a 20.000 millones de euros y que puede generar tensiones de liquidez al Sistema, tras las medidas excepcionales tomadas por la pandemia de COVID-19. Entre ellas, destacan la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos, que exime del pago de las cuotas a Seguridad Social, la exoneración de cotizaciones por ERTE por fuerza mayor, así como mayor flexibilidad en los aplazamientos para empresas y autónomos. Además, hay que destacar el incremento del gasto en prestaciones de desempleo. 
La situación financiera de la Seguridad Social se financia con cargo a los recursos del sistema, principalmente cotizaciones de trabajadores y empresas. 
En cualquier caso y como en los últimos años, la concesión del préstamo realizada hoy asegura el pago puntual de las pensiones y permite a la Seguridad Social planificar con suficiente antelación la disposición de recursos necesarios para hacer frente a estos desembolsos extraordinarios.