Hasta esta resolución, si el salario sobrante permanecía en la cuenta y no había sido gastado al final del mes, se consideraba ahorro y podía ser embargado.
Gracias a la resolución del 18 de junio de 2025, ya no estás obligado a retirar o esconder el dinero procedente de tu salario o pensión para evitar que Hacienda lo embargue. Cuando un deudor tributario recibía su pensión o el salario, tenía ser muy veloz. Si no retiraba con inmediatez el dinero, podía quedar sin nada. Hacienda embargaba
Desde hace unos días (18-06-2025), el TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central) cambió las reglas en esta cuestión.
Veamos cómo queda la situación:
- En estos momentos el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) es de 1.184,00€ mensuales. Este importe es INEMBARGABLE.
- A partir de los 1.184,00€, se pueden aplicar retenciones escalonadas; el 30% del tramo que va hasta el doble del SMI y así sucesivamente hasta un máximo del 90% cuando se trata de un ingreso salarial muy elevado.
- El problema surgía con muchísima frecuencia cuando, al aplicar los límites legales, el contribuyente deudor no gastaba todo el importe protegido, quedando un remanente en la cuenta.
- Hasta esta resolución, Hacienda podía embargar ese remanente mensual no gastado, siguiendo la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley General Tributaria.
- El TEAC concluye con determinación que ese dinero (remanente) no puede ser considerado embargable, ya que forma parte del mínimo vital del deudor. Señala que iría contra la finalidad de garantizar las necesidades básicas.